Moratoria para Pymes: se extiende hasta el 31 de este mes

Alcanza también a monotributistas, autónomos y entidades sin fines de lucro.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 31 de julio el
plazo de adhesión a la Moratoria 2020 para micro, pequeñas y medianas empresas,
monotributistas, autónomos y entidades sin fines de lucro. La normativa del
organismo instrumenta la prórroga en los plazos del plan de regularización
establecido el sábado pasado mediante el DNU 569/2020 .
 
La decisión pretende asegurar que la adhesión al régimen no se vea afectada por la
pandemia y torne eficaz la recuperación de la economía perseguida por la Ley de
Solidaridad Social y Reactivación Productiva. La Moratoria 2020 permite que los
contribuyentes regularicen deudas impositivas, de la seguridad social y aduaneras
vencidas hasta el 30 de noviembre de 2019.
 
La normativa de la AFIP establece que la primera cuota de los planes de facilidades de
pago que se presenten entre el 1 de julio y el 31 de julio de 2020, ambas fechas
inclusive, vencerá el 18 de agosto de 2020.
La Moratoria 2020 permite regularizar esas deudas en plazos de hasta diez años.
 
La
iniciativa vigente contempla la condonación parcial de intereses y total de multas. Los
contribuyentes que se adhieran deberán contar con un Certificado Mipyme vigente.
Contar con el documento otorgado por el Ministerio de Desarrollo Productivo es
condición necesaria para las micro, pequeñas y medianas empresas así como para los
monotributistas y autónomos que desean acceder a la moratoria.
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