Moratoria 2020: más tiempo para cumplir con el régimen de información

Se trata de datos que deben presentar accionistas de sociedades. También se extienden obligaciones para beneficiarios finales de empresas, FCI y fideicomisos.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó
que dará más tiempo para que los contribuyentes cumplan con distintos regímenes
de información correspondientes a: accionistas de sociedades que ingresaron a
la Moratoria 2020 así como a los beneficiarios finales de empresas, fondos
comunes de inversión (FCI) y fideicomisos.

La normativa que establece las prórrogas para las
obligaciones será publicada en el Boletín Oficial en los próximos días, dijo el
organismo en un comunicado.

Participaciones en entidades adheridas a la Moratoria 2020

Con esta moratoria se estableció un régimen de
información
que obliga a determinados contribuyentes a informar, con
carácter de declaración jurada, sus socios, accionistas y titulares de
por lo menos el 30% del capital social o similar.

El vencimiento de dicha obligación se extenderá hasta el
17 de febrero de 2021
, inclusive. La ampliación de los plazos previstos busca
garantizar el acceso a los beneficios de la Moratoria 2020 a un conjunto de
entidades que no habían realizado en tiempo y forma dicha presentación, señaló
el fisco. 

Beneficiarios finales

La AFIP dispuso un régimen informativo que requiere
identificar a las personas humanas con participaciones en sociedades, asociaciones
civiles, fundaciones y fondos comunes de inversión como parte de su estrategia
de fiscalización.

El vencimiento será prorrogado conforme al siguiente
calendario: 

·        Las entidades de menor envergadura que cuentan
con hasta 50 beneficiarios finales el vencimiento se traslada al 19 de febrero
de 2021, inclusive.

·        Las entidades con más de 50 y hasta 500
beneficiarios finales tendrán tiempo para presentar la información hasta el 5
de marzo de 2021, inclusive.

·        Las entidades con más de 500 beneficiarios
finales el vencimiento operará el 19 de marzo de 2021.

Por su parte, los fideicomisos tendrán tiempo para cumplir
con la obligación de informar sus beneficiarios finales a partir de abril de
acuerdo al siguiente calendario: 

·        Cuando cuenten con hasta 50 beneficiarios
finales, el vencimiento operará el 30 de abril de 2021.

·        Aquellos con más de 50 y hasta 500 beneficiarios
finales, el vencimiento operará el 15 de mayo de 2021.

·        Cuando existan más de 500 beneficiarios finales,
el vencimiento operará el 31 de mayo de 2021.

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