El Poder Ejecutivo publicó este viernes el Decreto
315/2023 que eleva los montos de facturación anual que se toman como
referencia para las categorías del Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes
(Monotributo).
Los nuevos valores (que ya había
adelantado la AFIP en un comunicado) se comenzarán a aplicar a partir del 1
de julio de 2023 y se tomarán como referencia para la recategorización
semestral que vence el 20 de julio.
El resto de los parámetros y los aportes mensuales no se
modifican.
Los nuevos montos son los siguientes:
Categoría |
Ingresos Brutos |
A |
$ 1.414.762,58 |
B |
$ 2.103.025,45 |
C |
$ 2.944.235,60 |
D |
$ 3.656.604,33 |
E |
$ 4.305.799,15 |
F |
$ 5.382.248,94 |
G |
$ 6.458.698,71 |
H |
$ 7.996.484,12 |
I |
$ 8.949.911,06 |
J |
$ 10.257.028,68 |
K |
$ 11.379.612,01 |