Monotributo: se estableció el vencimiento de la recategorización semestral

La AFIP lo fijó para el 20 de julio. No es necesario realizar el trámite si se mantiene la categoría.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) emitió
la Resolución General 4273 en la cual establece el vencimiento
del plazo de la recategorización del semestre enero-junio de 2018.

A partir de las modificaciones que se establecieron con la
reforma tributaria, las recategorizaciones del Monotributo pasaron a ser
semestrales. La recategorización cuatrimestral se mantenía pero su vencimiento
se unificó al 20 de julio próximo.

Para saber si corresponde el trámite se deben calcular los
ingresos brutos acumulados, la energía eléctrica consumida, los alquileres
devengados y la superficie afectada a la actividad en los 12 meses inmediatos
anteriores.

Así el contribuyentes queda encuadrado en la categoría que
corresponda. El importe correspondiente a la nueva categoría se abona a partir
de agosto.

Más información en el Portal Monotributo.

 

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