Monotributo: postergan la recategorización y pago de julio

Se debe a la puesta en marcha de los nuevos valores que regirán para el segundo semestre.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitará
la recategorización semestral del Monotributo entre el 11 y el
29 de julio
, y extendió hasta el 27 de julio el plazo para
pagar la obligación mensual

La medida se toma en función de la necesidad de poner en
marcha la ley de Alivio Fiscal que elevó los límites de facturación máxima por
categoría del régimen simplificado.

La iniciativa, que debe ser promulgada y reglamentada por el
fisco, también estableció la exención del componente impositivo de la
obligación mensual para las y los pequeños contribuyentes registrados en las
categorías A y B, siempre que perciban la totalidad de sus ingresos a través
del monotributo (esto es, no tengan un trabajo en relación de dependencia ni
cobren una jubilación y tampoco perciban rentas financieras o ingresos por
alquileres).

Nuevas escalas y recategorización

 La ley 27.676 introdujo un incremento en los límites
máximos de facturación por categoría que deberán ser tenidos en cuenta por los
monotributistas para evaluar su recategorización. En forma excepcional, el
plazo para hacer la recategorización semestral del monotributo estará
habilitado entre el 11 y el 29 de julio.

La recategorización consiste en la evaluación de la
actividad de los últimos 12 meses para determinar si deben mantener la
categoría en la que se encuentran o modificarla. Cuando los distintos
parámetros analizados superan o son inferiores a los de la categoría vigente
corresponde realizar la recategorización. Aquellos monotributistas que
mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción.

Los nuevos topes de facturación por categoría a tener en
cuenta por los contribuyentes para cuando se habilite la recategorización son
los siguientes: 

CATEGORÍA

INGRESO BRUTO ANUAL HASTA

A

$748.382,07

B

$1.112.459,83

C

$1.557.443,75

D

$ 1.934.273,04

E

$ 2.277.684,56

F

$ 2.847.105,70

G

$ 3.416.526,83

H

$ 4.229.985,60

I

$ 4.734.330,03

J

$ 5.425.770,00

K

$ 6.019.594,89

 

Plazos para el pago de la obligación mensual

Además, para poder implementar las modificaciones, la AFIP
extendió hasta el 27 de julio el período para pagar la obligación del mes en
curso.

Los contribuyentes de las dos primeras categorías deberán
realizar el pago mensual una vez que la exención del componente impositivo
impacte sobre sus perfiles.
Esto es a partir del 11 de julio. 

No obstante, durante todo el mes, se mantiene habilitada la
posibilidad de abonar la obligación mensual del monotributo para quienes, por
distintos motivos, así lo requieran. En esos casos cuando surja una diferencia
entre el monto pagado y el que corresponda tras aplicar las modificaciones
surgidas por la ley de alivio fiscal, los pequeños contribuyentes podrán
reimputarla para cancelar otros períodos, dijo la AFIP.

A partir del 11 de julio los pequeños contribuyentes
de las categorías A y B que no tengan otra fuente de ingresos podrán visualizar
su nueva credencial a través de la página web de la AFIP.

En caso de necesitarlo, podrán reimprimir su credencial.
Esto se debe a que como dejarán de pagar el componente impositivo del
monotributo el sistema les asignará un nuevo Código Único de Revista (CUR).
Este procedimiento se realiza en monotributo.afip.gob.ar con CUIT y clave
fiscal.

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