Monotributo: claves de la extensión de la AFIP

La recategorización deberá realizarse con las categorías y valores vigentes.

La AFIP extendió el plazo previsto para la recategorización
en el monotributo hasta el 31 de enero, inclusive. La prórroga está prevista en
la Resolución General N°4907 que será publicada en el Boletín Oficial este
martes. La ampliación de los plazos para la recategorización busca atender las
dificultades que deben afrontar los contribuyentes adheridos al régimen
simplificado respecto del cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

La recategorización deberá realizarse con las categorías y
valores vigentes. Los contribuyentes adheridos al monotributo deberán hacerlo
si registraron cambios en alguno de los parámetros previstos para su actividad.
La nueva categoría comenzará a regir en febrero. Quienes deban permanecer en la
misma categoría no tendrán que realizar ninguna gestión.

La normativa de la AFIP remarca que el Gobierno Nacional ha
impulsado el proyecto de ley “Régimen de sostenimiento e inclusión fiscal para
pequeños contribuyentes” que incluye medidas que benefician a dicho universo,
encaminadas a tutelar la situación en la que se encuentran frente a las
condiciones de crisis que los afectan, y así amortiguar el impacto negativo de
la presente situación.

La recategorización puede realizarse hasta el 31 de enero
desde la web www.monotributo.afip.gob.ar con CUIT y clave fiscal o desde la
aplicación móvil “Mi Monotributo”. Para realizar el trámite los
contribuyentes deberán tener en cuenta los ingresos brutos acumulados, la
energía eléctrica consumida, los alquileres devengados en los 12 meses
inmediatos anteriores y/o la superficie afectada a la actividad en ese momento.

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