La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) régimen
de información establecido por la Resolución
General 4056/2017 para entidades financieras locales respecto de las
cuentas y operaciones de titulares no residentes.
En la Resolución General 4422/2019, publicada en el Boletín
Oficial, se decidió que dejará de estar excluido de la obligación lo siguiente:
-Sujetos:
· Las empresas no financieras emisoras de tarjetas
de crédito y/o compra, así calificadas por el Banco Central de la República
Argentina.
· Los representantes de entidades financieras no
autorizadas a operar en el país.
· Las entidades inscriptas en el Registro
CNV bajo la categoría “agente asesor de mercado de capitales”. Comprende a
toda persona humana o entidad que desarrolle la actividad de prestación de
cualquier tipo de asesoramiento en el ámbito del mercado de capitales que
implique contacto con el público en general.
· Las entidades inscriptas en el Registro
CNV bajo la categoría “agente de depósito colectivo” y bajo la categoría
“agente de custodia, registro y pago”.
-Cuentas
· Cuentas sueldo
Aplicación. Las
disposiciones resultarán de aplicación para la información que deba
suministrarse respecto del año 2018 y siguientes.