Modifican el régimen Exporta Simple

Entre otras cuestiones se incorporan requisitos de los operadores logísticos.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
modificó el régimen de exportación simplificada conocido como “Exporta
Simple”.

Mediante la Resolución
General  4480/2019
, publicada en el
Boletín Oficial, incorporó requisitos particulares para los “Operadores
Logísticos del Régimen Exporta Simple.

Además, se establecieron las siguientes modificaciones: 

–         Los sujetos comprendidos inscriptos en los
“Registros Especiales Aduaneros” y los usuarios del Régimen de Exportación
Simplificada deberán emitir comprobantes electrónicos

–         Quedan exceptuadas del régimen las destinaciones
de exportación realizadas bajo la modalidad de exportación por cuenta y orden
de terceros.

–         Sí quedan alcanzadas las operaciones realizadas
a través del Régimen de Exportación Simplificada denominado “Exporta Simple”,
vinculadas al subrégimen “ECSI – Exportación a Consumo Simple”.

Los interesados deberán cumplir lo siguiente:

a) Si la factura se confecciona previamente a la destinación
aduanera, su vinculación deberá efectuarse al momento de la oficialización de
esta última.

b) Si la factura se confecciona luego de la oficialización
de la destinación aduanera, la primera se vinculará automáticamente a esta
última. En la referida factura se deberán informar los datos de “Destino de la
mercadería” e “Identificador de la destinación”.

En todos los casos se indicará el país de destino de la
factura.

Si la operación corresponde al Régimen de Exportación
Simplificada la factura deberá ser confeccionada por el usuario del régimen
antes de la oficialización de la destinación aduanera. Para ello, se deberá
indicar el valor FOB y el número de operación asignado por el portal “EXPORTA SIMPLE”
del sitio www.exportasimple.gob.ar.

Estas disposiciones entrarán en vigencia el 13 de mayo de
2019 y serán de aplicación conforme el cronograma de implementación estipulado
en el Artículo 15 de la Resolución General Conjunta N° 4.458 (MPyT y
AFIP).

 

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