Modificaciones en el sistema Exporta Simple

Los operadores logísticos deberán estar inscriptos y habilitados.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y el
Ministerio de Producción y Trabajo reemplazaron la normativa del régimen de
exportación simplificada denominado Exporta Simple para
agilizar el proceso e incluir operadores habilitados.

Lo hicieron a través de la Resolución General Conjunta 4458/2019, ppublicada este
miércoles en el Boletín Oficial.

El régimen tiene como objetivo facilitar las operaciones de
exportación de menor cuantía, con fines comerciales, a través de determinados
operadores logísticos.

Los operadores
logísticos
son aquellos sujetos que se encuentren inscriptos y habilitados
como “Operadores Logísticos del Régimen Exporta Simple” ante la AFIP y son
responsables de registrar las destinaciones de exportación por cuenta y orden
de los usuarios. Entre ellos, se encuentran incluidos el Correo Oficial de la
República Argentina (CORASA S.A.) y Aerolíneas Argentinas S.A.

Obligaciones

Los beneficiarios deberán cumplir con los siguientes
requisitos:

·        Clave Única de Identificación Tributaria
(C.U.I.T.)

·        Clave Fiscal con nivel de seguridad 3 como
mínimo

·        Inscripción como Responsable Inscripto en el IVA
o adherido al Monotributo

El usuario será el responsable de emitir la factura
correspondiente.

El monto anual de facturación de las exportaciones no podrá
superar el valor FOB (Free On Board) equivalente a U$S 600.000 por sujeto.

Cada operación individual no podrá superar el valor FOB de
U$S 15.000 por sujeto.

Los bienes sujetos a exportación no deberán estar alcanzados
por prohibición, suspensión o cupo a la exportación.

Los bienes a exportar no podrán ser aquellos sometidos a un
tratamiento operativo específicamente normado para el control aduanero.

Correo Oficial

Cuando la mercadería no supera los 20 kilogramos de peso
neto y los U$S 2.000, el usuario podrá optar por realizar el envío a través del
Correo Oficial completando una declaración simplificada.

Derechos de
exportación

Las operaciones que se encuentren alcanzadas por derechos de
exportación, deberán cancelarse mediante el uso del Volante Electrónico de Pago
(VEP), en forma previa al embarque de la mercadería.

Depósitos fiscales

El depósito fiscal de la Terminal de Cargas Argentinas (TCA)
ubicado en el Aeropuerto Internacional Ministro Pistarini de Ezeiza será
utilizado para la operatoria hasta reglamentarse los requisitos que deben
reunir los depósitos fiscales.

Incumplimiento

El incumplimiento de los requisitos responsabiliza al
Operador Logístico y al beneficiario, en quienes recaerán las penalidades que
correspondan por las infracciones y/o ilícitos que se cometan.

Reemplazo. La norma
deja sin efecto la Resolución
Conjunta N° 4.049/17
 mediante la cual se creó el Régimen de
Exportación Simplificada para las operaciones de exportación de menor cuantía,
con fines comerciales, a través de Prestadores de Servicio Postal
(PSP/Courier).

Vigencia. La medida
entrará en vigencia el 11 de abril de 2019 y será de aplicación de acuerdo con
el cronograma de implementación que se publicará en el Micrositio Exporta Simple.

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