Modificaciones al miniplán de Ganancias y Bienes Personales

Se incluirán los impuestos cedulares a la renta financiera y a la venta de inmuebles. Habrá tasa preferencial para quienes adhieran hasta el 31 de mayo.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) realizó
algunas modificaciones al miniplan de facilidades de pago de los impuestos a
las Ganancias y Bienes Personales

A través de la Resolución General N° 4479/2019, publicada en el Boletín
Oficial, se incluyó en el plan de cuotas el pago de los impuestos a la renta
financiera y a la venta de inmuebles. 

Por el otro, se fijó una tasa de interés preferencial del 2,5% mensual para quienes presenten en
forma anticipada la declaración jurada de alguno de estos cuatro impuestos
hasta el 31 de mayo
.

En cambio, si los contribuyentes presentan la declaración
jurada desde el 1 de junio, la tasa aplicable para este plan será la que rige
para el pago de intereses resarcitorios (que actualmente asciende al
3,76%). 

Con el régimen de facilidades se podrá regularizar el saldo
resultante de las declaraciones juradas anuales -originarias o rectificativas-
del período fiscal 2018 de los Impuestos a las ganancias –incluido el impuesto
cedular-  y sobre los Bienes personales
para personas humanas y sucesiones indivisas.

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