La Fapce llama a concurso para la selección del Director
General del CENCyA. La presentación vence el 10 de marzo próximo.
Los postulantes deben presentar (en formato PDF), en la sede
del Consejo Profesional de Ciencias Económicas donde estén matriculados:
a) Nota de elevación de sus antecedentes con declaración
jurada que lo presentado en su curriculum vitae es veraz y correcto, con su
firma. (incluyendo certificado de matrícula profesional habilitada, emitido por
el CPCE en el que se encuentre matriculado),
b) Nota del postulante declarando conocer las funciones,
derechos y obligaciones del+ Reglamento del CENCyA aprobado por la Junta de
Gobierno del 27 de marzo de 2015.
c) Curriculum vitae y fotocopias de las probanzas de los
últimos tres años
d) Plan de trabajo para el período, que incluya su propuesta
para el cumplimiento de las funciones previstas en el Reglamento.
Artículos del Reglamento, relacionados con esta función (se
aconseja leer todo el Reglamento):
II. CENCyA: MISIÓN, FUNCIONES Y OBJETIVOS
Art. 2 – MISION
El Consejo Elaborador de Normas de Contabilidad y de
Auditoría (CENCyA) es el organismo encargado de elaborar, en el interés
público, y difundir, las normas de Contabilidad y Auditoría a emitir por la
Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE),
para su posterior sanción por los Consejos Profesionales de Ciencias
Económicas.
Depende de la Junta de Gobierno e informa su gestión a
través de la Mesa Directiva. Federación Argentina de Consejos Profesionales de
Ciencias Económicas
Art. 3 – FUNCIONES
CENCyA tiene la función de elaborar y proponer los proyectos
de normas profesionales para su análisis y aprobación en la Junta de Gobierno
y, colaborar en su posterior difusión, uso y aplicación.
Art. 4 – OBJETIVOS
CENCyA tiene los siguientes objetivos:
a) contribuir a lograr el mayor consenso posible de la
profesión y de la comunidad en general respecto de las propuestas de las normas
profesionales contenidas en los proyectos de resoluciones técnicas y
recomendaciones, antes de su aprobación;
b) promover la coherencia entre las normas propuestas por la
FACPCE y las efectivamente puestas en vigencia por los Consejos Profesionales;
c) contribuir a una mayor homogeneidad en la interpretación
de las normas vigentes por parte de los distintos Consejos Profesionales;
d) contribuir a una mejor comunicación de las normas a los
organismos de control y a la comunidad en general, cuando la Junta de Gobierno
lo solicite.
e) articular con los otros Comités a fin de evitar
superposiciones de incumbencias
VI. CENCyA – OBLIGACIONES DE SUS MIEMBROS Y DEL DIRECTOR
GENERAL
Art. 13 – OBLIGACIONES DEL DIRECTOR GENERAL
Son funciones y obligaciones del Director General:
a. concurrir a las reuniones de la Junta de Gobierno y de la
Mesa Directiva de la FACPCE e informar sobre el avance de los planes de trabajo
establecidos, siendo esta función indelegable, salvo razones de fuerza mayor
que lo justifiquen y con conocimiento previo y aprobación de la Mesa Directiva;
b. preparar y elevar a la Mesa Directiva los requerimientos
presupuestarios de gastos de funcionamiento;
c. presidir CENCyA y cada Comité, y desarrollar el proceso
de análisis y elaboración de las normas profesionales; y
d. las previstas en otros artículos de este reglamento.