Impuesto a las Ganancias. Sociedades, empresas o explotaciones unipersonales, fideicomisos y otros que cierran ejercicio en agosto deben presentar la declaración jurada con vencimiento entre el 15 y el
17 de enero, según número de CUIT, de ingresar el saldo resultante hasta el día siguiente.
El jueves 18 vence el ingreso del pago a cuenta de los pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas con cierre en agosto 2023, correspondiente al régimen opcional de presentaciones y pagos durante la feria fiscal.
El lunes 15 vencen las obligaciones del período diciembre 2023 del régimen de Salidas no documentadas y de Establecimientos permanentes-tasa adicional por remesas al exterior.
Impuesto al Valor Agregado (IVA). El jueves 18 comienzan los vencimientos, según CUIT, para la presentación del formulario de declaración jurada y el ingreso del saldo resultante correspondiente al período Diciembre/2023.
Empleadores. Hasta el 15 de enero se extendieron los vencimientos, CUIT terminados en 7, 8 y 9, para la presentación del formulario de declaración jurada e ingreso de aportes y contribuciones de la Seguridad Social y Obras Sociales, por el período devengado en diciembre de 2023.
Ver Agenda de vencimientos de Enero de 2024.
En Córdoba
Ingresos Brutos. Los contribuyentes del régimen general de la Dirección General de Rentas tienen que ingresar las obligaciones correspondientes a enero de 2024 con vencimiento el martes 16 y miércoles 17, según terminación de CUIT.
En tanto, quienes tributan por Convenio Multilateral deben cumplir con las obligaciones entre el 15 y el 18 de enero.
Comercio e Industria. Los grandes contribuyentes (tipo 3) y contribuyentes de interés fiscal (tipo 4) de la Municipalidad de Córdoba tienen hasta el viernes 18 para cumplir con la presentación de la
declaración jurada correspondiente al período diciembre 2023.