Las claves de la semana: Vencen las obligaciones mensuales de IVA

Continúan los pagos de Ingresos Brutos y Comercio e Industria.

Moratoria. Terminada la primera etapa de la adhesión, hasta el 14 de septiembre se extiende la segunda etapa del régimen de regularización de obligaciones tributarias previsto en la Ley 27.743.

En esta etapa se prevé una condonación de intereses del 60%. El pago de contado o hasta en 3 cuotas se extiende hasta el 14 de octubre pero con menores beneficios en los próximas dos etapas (30 días cada una). Luego, seguirá abierta la posibilidad hasta el 31 de diciembre para adherir al plan de facilidades.

Ver: “La Afip reglamentó la moratoria de la reforma fiscal”.

Precios de Transferencia. Sociedades, empresas o explotaciones unipersonales, fideicomisos y otros deben cumplir con las siguientes obligaciones, con vencimiento a partir del viernes 23 (según terminación de CUIT):

  • Declaración Jurada F. 2672 “Operaciones Internacionales Régimen Simplificado” correspondiente a ejercicios con cierre en Febrero/2024
  • Informe Maestro correspondiente a ejercicios con cierre en Agosto/2023
  • Declaración Jurada F. 2668 correspondiente a ejercicios con cierre en Febrero/2024
  • Estudio de precios de transferencia correspondiente a ejercicios con cierre en Febrero/2024

Impuesto al Valor Agregado (IVA). Los responsables inscriptos tienen que presentar la declaración jurada y abonar el saldo del período julio 2024 con vencimiento entre el lunes 19 y el viernes 23, de acuerdo al número de CUIT.

Ver Agenda de vencimientos Agosto de 2024.

En Córdoba

Ingresos Brutos. Los contribuyentes locales del régimen general de la Dirección General de Rentas deben ingresar las obligaciones del mes hasta el lunes 19, según número de CUIT.

Para quienes tributan por Convenio Multilateral, el cronograma de vencimientos se extiende entre hasta el martes 20 de agosto (de acuerdo a la terminación de CUIT).

Comercio e Industria. Los grandes contribuyentes (tipo 3) y contribuyentes de interés fiscal (tipo 4) de la Municipalidad de Córdoba deben abonar el período julio 2024 hasta el jueves 22 de agosto.

En tanto, los medianos contribuyentes (tipo 2) deben cumplir con la presentación de la declaración jurada del mismo período hasta el viernes 23.

Ver Agenda de vencimientos Agosto de 2024.

 

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