Las claves de la semana: Las personas físicas deben ingresar el 1° anticipo de Ganancias y Bienes Personales

En estos días hay vencimientos de IVA, Ingresos Brutos y Comercio e Industria.

Personas físicas. Entre el 14 y el 16 de agosto,
según número de CUIT, operan los vencimientos para el ingreso del 1° anticipo
del año 2023 del Impuesto a las Ganancias y del impuesto sobre los Bienes
Personales.

Impuesto a las Ganancias. Sociedades, empresas o explotaciones unipersonales, fideicomisos y otros,
con cierre de ejercicio en Marzo 2023, deben presentar la declaración jurada
anual con vencimiento entre el lunes 14 y el miércoles 16 y tienen hasta el día
siguiente para ingresar el saldo resultante.

El resto de las
empresas deben ingresar los anticipos correspondientes, en la misma fecha.

El martes 15 vence
la presentación de la declaración jurada y el pago para el régimen de Tasa
adicional de remesas al exterior de establecimientos permanentes.

El mismo día opera
el vencimiento del régimen de Salidas No Documentadas, correspondiente al
período julio 2023.

Impuesto al
Valor Agregado (IVA).
El
viernes 18 comienza el cronograma de vencimientos, según CUIT, para que los
responsables inscriptos presenten la declaración jurada mensual y el pago del
período julio 2023.

Ver Agenda de
Vencimientos de Agosto 2023
.

En Córdoba

Ingresos Brutos. Los contribuyentes locales del
régimen general deben ingresar los pagos del mes a la Dirección General de
Rentas, con vencimiento el 16 o 17 de agosto, según terminación de CUIT.

En tanto, el cronograma de vencimientos para quienes
tributan por convenio multilateral se extiende entre el martes 15 y el viernes
18, según CUIT.

Comercio e Industria. Los grandes contribuyentes
(tipo 3) y contribuyentes de interés fiscal (tipo 4) de la Municipalidad de
Córdoba tiene tiempo hasta el viernes 18 para presentar la declaración jurada
del período julio 2023.

Ver Agenda de
Vencimientos de Agosto 2023
.

 

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