La Unidad de Información Financiera (UIF) modificó los
montos mínimos de las operaciones a partir de las cuales los sujetos previstos en
la ley están obligados a informar. Entre ellos se encuentran los profesionales
en Ciencias Económicas.
Mediante la Resolución
50/2022, publicada en el Boletín Oficial, se estableció que cuando las
transacciones superen los $ 26.300.000 se debe requerir documentación
respaldatoria deorigen lícito de los fondos.
También se incluyen las operaciones en efectivo de compraventa
de inmuebles, cesión de derechos, préstamos y otras cuando super los $
2.400.000.
La identificación del cliente será más exhaustiva en caso de
operaciones por más de $ 600.000.
En caso de transacciones superiores a $ 2.400.000 se
requiere declaración jurada sobre el origen de los fondos y, si son mayores a $
5.400.000 se debe pedir documentación respaldatoria.