La Municipalidad respondió consultas de matriculados

Fue en el ámbito de la Mesa de Enlace entre el CPCE y la Secretaría de Finanzas de Córdoba.

En el marco de la Mesa de Enlace entre la
Municipalidad de Córdoba y el Consejo Profesional de Ciencias Económicas (CPCE)
,
la  Secretaría de Finanzas municipal
respondió una segunda tanda de inquietudes de los matriculados.

Las preguntas
y respuestas resueltas en septiembre
se pueden consultar acá. La dirección
de correo electrónico para la recepción de consultas y sugerencias a la Mesa de
Enlace es: mesadeenlacemunicipalidad@cpcecba.org.ar

Temario

En esta oportunidad, la Municipalidad respondió sobre los
siguientes temas:

Una Pyme (agencia de viajes minorista) no factura desde
marzo
porque al ser actividad no esencial permanece cerrada. Se presentaron
las declaraciones juradas de Comercio e Industria desde abril de 2020 en cero (0)
y solo figuran eximidas las de julio y agosto. ¿Se pueden eximir los meses de
abril, mayo y junio también?

-Exención Playas de Estacionamiento. Cuando se pone
la base en la declaración jurada y da el mínimo en los papeles de trabajo,
cuando se carga el sistema trae el mínimo a pagar. Se entiende que tendría que
ser “0” debido a la exención, por ello no se presentó la DDJJ. ¿Es
asunto del sistema o se debe presentar así con un descargo? ¿Cuál sería el
email al cual se debería presentar el descargo?

-Alta Retroactiva y DDJJ. Se quiere hacer un alta al 1
de abril de 2020 y saber si el contribuyente no se verá afectado por multas (ya
sea por trámite extemporáneo o por la presentación de las declaraciones juradas.
La razón por la cual no se gestionó a tiempo fue porque no hubo atención desde
la Municipalidad.

-Actividad profesional licenciado en Turismo y Hotelería. Las declaraciones juradas no se presentaron porque el mínimo a pagar es muy
alto y el contribuyente no quería que figure tal deuda. Por otro lado, el
contribuyente se dio de baja en todos los impuestos (menos Comercio e
Industria) el 31 de julio de 2020. ¿Cuál es el procedimiento más adecuado a
seguir?

-DDJJ Rectificativas. a) En una declaración jurada
del mes de agosto 2020 de Comercio e Industria se declaró un monto mayor del
que correspondía de ventas. El sistema no permite rectificar en menos, pero es
incorrecto el monto declarado e implica que el contribuyente abone de más por
un error humano al realizar la declaración.

b) Se pretende presentar una DDJJ rectificativa del periodo
marzo 2020 que se declaró incorrecto, por un error en el tipeo del monto de la
base imponible y generó un monto a pagar irrisorio. Al querer realizar la
rectificativa arroja un error. ¿Cómo se soluciona?

-¿Cuál es el procedimiento para generar un plan de pagos sobre un inmueble cuyo titular es una persona ya fallecida? Como no se posee la
clave fiscal no es posible.

-Se solicita un instructivo de cómo pagar deuda con
Bonos Proveedores 2020 ya que en el último paso no se visualiza ninguna opción
para aceptar el pago con bonos.

Turnero Online

Además, se informó que los contribuyentes que requieran realizar un trámite en el Palacio 6 de Julio, deberán tener un turno previo online, a través de la página web o acceder aquí.

Se  debe ser usuario registrado en Muni Online o CIDI, luego ingresar en el botón “Turnero Online”,  donde se selecciona el trámite y a través de un calendario se visualizan el día y horario para la atención.

Descargar archivos adjuntos con las preguntas y respuestas y
el instructivo sobre el pago con bonos.

WhatsApp
Facebook
LinkedIn
X

Noticias relacionadas