La Municipalidad de Córdoba amplía el régimen de facilidades de pago

Podrán incluirse obligaciones hasta abril de 2020. También extienden vencimiento para presentación del Convenio Multilateral.

La Dirección de Recursos Tributarios de la Municipalidad de
Córdoba resolvió flexibilizar las condiciones para acceder al régimen
excepcional de regularización  de deudas tributarias y en instancias
administrativas  respecto de la
Contribución que incide sobre la Actividad Comercial, Industrial y de Servicios,
previsto en la Resolución General “A” 41/2020.

A través de la Resolución 23, del 29 de junio de 2020, el
organismo fiscal resolvió que se pueden acoger las obligaciones tributarias y sus
accesorios por los períodos fiscales devengados hasta abril de 2020, inclusive
(antes, diciembre de 2019).

El plazo de adhesión se extendió hasta el 31 de
julio
de 2020.

Nuevo vencimiento

En tanto, mediante la Resolución General 21/2020, se
postergó la presentación de la declaración jurada informativa anual  para los sujetos pasivos de Comercio e
Industria que tributan bajo el Convenio Multilateral.

La fecha se pasó del 29 de junio al 31 de julio de este año.

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