La Facpce reclamó precisiones a la AFIP por el alivio fiscal a la región de la cuenca del Paraná

En el marco de la emergencia hídrica, estableció plazos especiales para trámites ante la AFIP.
La Facpce, en representación de los 24 Consejos
Profesionales de Ciencias Económicas del país, envió una nota a la titular de AFIP, Mercedes Marcó del Pont en relación con “Alivio Fiscal para la
región de la Cuenca del Río de Paraná”.
 
Es en relación a la declaración del estado de emergencia hídrica en esa región dictada
por el Decreto 481/2021.
En esa línea se estableció un plazo especial para la presentación y/o pago de los
saldos resultantes de las declaraciones juradas y de los anticipos de los impuestos a las
ganancias, sobre los bienes personales, impuesto al valor agregado, así como para las
contribuciones de la seguridad social, autónomos y monotributo.
 
Para que los contribuyentes desarrollen sus actividades en aquellos sectores del
territorio abarcado por la región de la Cuenca del Río Paraná, compuesta por las
Provincias de Formosa, Chaco, Corrientes, Santa Fe, Entre Ríos, Misiones y Buenos
Aires, sobre los márgenes de los ríos Paraná, Paraguay e Iguazú, conforme a lo que
determine el Consejo Nacional para la Gestión Integral del Riego y la Protección Civil.
 
La publicación de las localidades afectadas fue el 12 de este mes y, para acceder al beneficio, se deberá presentar hasta el 31 de enero del corriente año,
según el art. 5 de la RG. 5074 modificada por la RG. 5117, lo siguiente:
a) Una copia certificada de la documentación del Organismo y/o repartición
provincial, según el caso, que acredite que el contribuyente desarrolla su actividad
en la zona mencionada anteriormente. (cabe aclarar que este requisito fue
incorporado por la RG. 5.117).
b) Un informe extendido por Contador Público independiente, de donde surja que la
actividad mencionada es su actividad principal, por haber generado más del 50%
de los ingresos brutos totales desde el 1 de junio de 2020 hasta el 31 de junio de
2021, ambos inclusive.
“Nos cuidamos entre todos”
 
Por lo expuesto, y considerando lo exiguo del plazo para solicitar el acceso a los
beneficios, solicitamos lo siguiente:
a) Se aclare debidamente cual es el organismo o repartición que deberá emitir la
certificación referida al lugar donde desarrolle su actividad el contribuyente. Toda
vez que hasta la fecha se ha generado una gran confusión no solo en las
reparticiones provinciales, sino también en las distintas Agencias del Organismo a
su cargo.
b) Se prorrogue el plazo para solicitar los beneficios.
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