La Carta de Porte Electrónica, de uso obligatorio desde noviembre

Se trata de una herramienta que utilizan los productores, operadores y otros miembros de la cadena de granos.

Desde el próximo 1 de noviembre será de uso obligatorio la
Carta de Porte Electrónica (CPE), una herramienta que digitaliza a los formularios
en formato papel que hasta ahora se utilizaban para documentar el traslado
de granos automotor y ferroviario dentro del país.

Con la nueva modalidad, la solicitud, carga y emisión
del comprobante se hará on line en un solo paso y en una misma
aplicación. Las Cartas de Porte Electrónicas no serán reutilizables y contarán
con un código de barras y código QR que permitirá ver los datos de origen y
destino de la carga para el control en ruta

Quiénes pueden confeccionarla

·       Productores de granos inscriptos como tales ante
la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

·       Operadores del comercio de granos que dispongan
de una o más plantas habilitadas para el ingreso y/o egresos de granos por el
Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca y que las mismas se encuentren
declaradas en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial
(RUCA).

·       Quienes sean autorizados por resolución fundada
por la AFIP.

Más información en la Guía
de Trámites de Carta de Porte

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