La AFIP suspende hasta el 30 de junio la iniciación de juicios por evasión

La resolución se publicó en el Boletín Oficial.

La Administración Federal de Ingresos Públicos(AFIP)
suspendió hasta el día 30 de junio próximo la iniciación de juicios de
ejecución fiscal por parte del organismo, en el marco de la emergencia declarada
por la pandemia de coronavirus.

A través de la resolución general 4730/2020 publicada en el
Boletín Oficial, precisó que esta suspensión no impide al Fisco ejercerlos
actos procedimentales y procesales que procuren evitar la prescripción de las
acciones y poderes del Fisco para determinar y exigir el pago de los tributos y
multas, entre otros.

Destacó que el aislamiento determinado a partir de la
pandemia de coronavirus “repercutió no sólo en la vida social de los habitantes
de este país, sino también en la economía”.

Subrayó que la AFIP “viene adoptando una serie de medidas
con el objeto de facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento
de sus obligaciones tributarias, cuya aplicación, percepción y fiscalización se
encuentran a su cargo”.

La normativa indicó que “se habilitó el levantamiento de la
feria judicial extraordinaria, respecto de ciertos tribunales federales con
sede en provincias y ciudades que avanzan en las sucesivas fases del
aislamiento”, y consideró que “deviene necesario tomar medidas con relación a
la gestión judicial del cobro de las obligaciones tributarias”.

En este contexto sostuvo que “se estima razonable
contemplarla excepcional situación descripta y proceder a suspenderla
iniciación de juicios de ejecución fiscal”.

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