La Administración
Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el próximo 27 de enero el
plazo para que los monotributistas realicen la recategorización correspondiente
al semestre julio diciembre de 2022.
Así lo dispuso a
través de la Resolución General 5318/23, que será publicada en el Boletín
Oficial. La medida se tomó luego de la gestión
realizada por los 24 CPCE a través de la FACPCE.
Cabe señalar que
desde este mes comenzaron a regir las nuevas escalas, por lo que los
contribuyentes inscriptos en este régimen deberán recategorizarse en caso de
que les corresponda.
Para evaluar si
corresponde una recategorización, se debe tener en cuenta la actividad de los
últimos 12 meses respecto a la facturación o alguno de los otros parámetros
utilizados para el encasillamiento como la superficie afectada, los alquileres
devengados anualmente o el consumo de energía eléctrica.
Cuando los
distintos parámetros analizados superan o son inferiores a los de la categoría
vigente corresponde realizar la recategorización. El importe correspondiente a
la nueva categoría se abonará al mes siguiente a la recategorización.