En el contexto del Espacio de Diálogo Institucional y la AFIP, hubo algunos adelantos sobre próximos
vencimientos, disponibilidad de los aplicativos y formas en que se liquidará el
nuevo impuesto cedular a la renta financiera.
Impuesto a la Renta
Financiera: se liquidaría mediante una declaración jurada independiente. El
servicio web para liquidarlo y la información estarían en “Nuestra Parte” disponible
a partir del 17 de abril.
Sobre la modalidad dual se definiría que AFIP pondrá a
disposición la información para liquidar el impuesto especial, pudiendo el
contribuyente modificar los datos precargados. El impuesto especial tendría un
código y formulario independiente.
Habría alta automática del impuesto con la presentación de la
declaración jurada. Se dispondrá próximamente un vencimiento independiente del
general para la liquidación y pago del impuesto.
El vencimiento especial para la presentación operaría a
partir del 19 de junio, mientras que el plazo para el pago será al día
siguiente del vencimiento de la presentación.
DDJJ de Ganancias y
Bienes Personales: los servicios web para liquidar lo correspondientes al
período fiscal 2018 se encontrarían habilitados a partir del 17 de abril.