La Afip introdujo modificaciones en los VEP

Los volantes de pago tendrán validez por 30 días. Se adecuaron normas.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) introdujo
algunas modificaciones a la Resolución General 1.778 en lo referente a la
generación y la validez del Volante Electrónico de Pago (VEP) de obligaciones
impositivas y de la seguridad social.

Mediante la Resolución
General 4215
, publicada en el Boletín Oficial, se estableció que los VEP
tendrán serán válidos por 30 días corridos contados a partir del día siguiente
al de su generación “excepto que por las particularidades de la obligación a
cancelar se determine un plazo diferente”.

El VEP se podrá generar durante las 24 horas, los 365 días
del año, a través del sitio web de la AFIP, en la herramienta “Presentación
DDJJ y Pagos” o en los accesos directos de cada servicio.

La norma recuerda que, a los fines de cancelar el VEP, los
contribuyentes o responsables deberán poseer una cuenta bancaria en pesos desde
la que se autorizará el pago por débito en cuenta. En el caso de los
“Impuestos-Conceptos” especialmente autorizados, la cancelación también se
podrá realizar con tarjetas de crédito, débito o cualquier otro medio de pago
electrónico admitido por el Banco Central y habilitado por la AFIP.

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