La Afip extendió la feria fiscal hasta el 10 de mayo inclusive

También dispuso la suspensión de las exclusiones de monotributistas correspondientes a abril.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó la feria fiscal hasta
el 10 de mayo, inclusive. Durante la vigencia del aislamiento social preventivo y
obligatorio, extendido por el Gobierno nacional, se mantendrá la suspensión del
cómputo de los plazos vigentes para los contribuyentes en distintos procedimientos
administrativos.
La medida como determinaciones de oficio, sumarios, multas,
descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos de fiscalización, entre
otros.
La medida se tomó a través de la Resolución General 4703/2020 y no implica ninguna modificación ni prórroga sobre los vencimientos de
impuestos. Una feria fiscal consiste en la extensión de todos los plazos
procedimentales en materia impositiva, aduanera y de la seguridad social.
A lo largo
del período definido no se suspenden las acciones de la AFIP.
No obstante, durante su
vigencia quedan en suspenso el cómputo de los plazos que rigen para la respuesta
de los contribuyentes a los requerimientos del organismo.
 
SUSPENSIÓN DE EXCLUSIONES Y BAJAS DEL MONOTRIBUTO
 
Con el objetivo de amortiguar los efectos del aislamiento social preventivo y
obligatorio sobre los pequeños contribuyentes, la AFIP dispuso la suspensión de las
exclusiones de monotributistas correspondientes a abril.
La medida extiende al mes
corriente la decisión que definió no realizar los cruces sistémicos durante marzo.
A través de la Resolución General N°4704/2020 organismo también estableció que
ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por falta de pago de
sus obligaciones durante abril. Ambas decisiones que beneficiarán a los más de
3.600.000 contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños
Contribuyentes.
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