Importadores: se quita el requisito de la evaluación a través del CEF

Además, se prorroga el plazo para la inscripción en el padrón de deuda comercial.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció que la evaluación de la Capacidad Económica Financiera (CEF) de los operadores dejará de ser un requisito para la tramitación de importaciones.

A través de la Resolución General N° 5478, se busca avanzar en “la simplificación del Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI) con el objetivo de garantizar la transparencia del comercio exterior”.

“Así, quedan garantizados los lineamientos establecidos por la Organización Mundial de Comercio (OMC), reafirmando que la discrecionalidad será ajena al SEDI. De este modo, el Sistema CEF funcionará exclusivamente a efectos estadísticos”, dice la AFIP.

Padrón de deuda con importadores

La norma también dispone que la inscripción en el Padrón de Deuda Comercial por Importaciones con Proveedores del Exterior se extienda a importaciones vía régimen de courier y declaraciones de Ingreso a Zona Franca. Además, se decidió prorrogar la fecha límite para el empadronamiento hasta el 24 de enero de 2024.

Más información: www.afip.gob.ar/sedi

 

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