Hasta el 8 de abril se reciben trabajos para el Premio Manuel Belgrano

El tema es “Desarrollo, riesgos y problemática de la Economía Digital”, una cuestión de gran actualidad, impacto e interés para los profesionales en Ciencias Económicas.

Los matriculados del país a participar del Premio Anual Dr. Manuel Belgrano – Año 2018, cuyo tema es “Desarrollo, riesgos y problemática de la Economía Digital”, una cuestión de gran actualidad, impacto e interés para los profesionales en Ciencias Económicas.

Los trabajos se recibirán hasta el 8 de abril en la Gerencia de Relaciones Institucionales – Viamonte 1549 Piso 6°,  de lunes a viernes de 9 a 18 y deberán ajustarse a las bases de participación aprobadas por Res. M.D. N°29/18.

Fueron invitados a integrar el jurado: Dr. Alberto Barbieri (rector de la UBA); Dr. Ricardo Pahlen Acuña (investigador y decano de la Facultad de Ciencias Económicas de la UBA); Dr. Héctor Dama (Decano de la Facultad de Ciencias Económicas de USAL); Dr. Nicolás Luppi (socio de la firma Deloitte); Dr. Alfredo Gutiérrez Girault (miembro del Consejo Honorario de la UADE); Dr. Hugo Luppi (presidente de Sala del Tribunal de Ética Profesional del CPCECABA).

También Dr. Juan Carlos Gómez Fulao (profesor consulto de la UBA); Dr. Fabián Canoni (consejero titular del CPCECABA); Dra. Graciela Núñez (secretaria del CPCECABA); Dr. Armando Lorenzo (vicepresidente 1° del CPCECABA); y Dr. Humberto Bertazza (presidente del CPCECABA).

Mediante este galardón, que se renueva año tras año desde 1983, el Consejo Profesional busca profundizar y estimular la investigación y la capacitación de los profesionales. El Premio, que contempla tres puestos, con sus respectivos diplomas, medallas y recompensas de dinero, se entregará durante la Cena del Graduado en junio de 2019.

Estas son las bases:

BASES DE PARTICIPACIÓN ACTUALIZACIÓN DE LAS NORMAS QUE REGLAMENTAN LA INSTITUCIÓN DEL PREMIO “DR. MANUEL BELGRANO” Art. 1º: El Consejo Profesional ratifica la vigencia del premio “Dr. Manuel Belgrano” que se otorga anualmente desde el año 1983, y cuyo objeto es galardonar el mejor trabajo realizado en Ciencias Económicas que se presente, de acuerdo con las siguientes disposiciones. Art. 2º: El Consejo Profesional fijará anualmente el tema sobre el que deberá tratar el trabajo y designará a las personas que integrarán el jurado. El tema siempre tendrá vinculación directa con cuestiones que puedan relacionarse con una/s incumbencia/s de nuestras carreras, o que permitan la intervención de ellas. Art. 3º: Podrán concursar los profesionales graduados en Ciencias Económicas con títulos comprendidos en la Ley N° 20.488 y expedido por universidad argentina, matriculados en cualquier Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la República Argentina. No podrán concursar los matriculados con mandato de Consejero Titular o Suplente vigente en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al momento de dictarse la resolución citada. Art. 4º: El premio que se instituye con carácter anual consistirá en una recompensa de dinero en efectivo, cuyo monto fijará en cada caso el Consejo Profesional, diploma y medalla de oro para el ganador. Siendo varios los autores del trabajo se entregará a cada uno de ellos un diploma y medalla de oro; en cambio el premio en dinero en efectivo será compartido. Los trabajos seleccionados en segundo y tercer lugar serán recompensados con diploma y medalla de plata y además recibirán un premio menor en efectivo cuyo monto se ajustará al orden de prelación. Siendo varios los autores del trabajo, se entregará a cada uno de ellos un diploma y medalla de plata y se compartirá el efectivo. Los premios se entregarán en acto académico, preferentemente en oportunidad de celebrar el Día del Graduado en Ciencias Económicas de cada año. Art. 5º: El jurado deberá expedirse respecto de los trabajos recibidos para acceder al premio dentro del plazo que anualmente se fije. Art. 6º: Si a juicio del jurado ninguno de los trabajos presentados tuvieran mérito para acceder al premio, el concurso podrá ser declarado desierto en cualquiera de los premios que se establezcan. Art. 7º: A efectos de evaluar los trabajos para la asignación de los premios establecidos, el Jurado considerará lo siguiente: a) La originalidad y creatividad del trabajo, los cuales deben ser inéditos y especialmente preparados para concursar en este Premio; b) La sujeción al tema general motivo del Premio; c) La redacción del trabajo y la calidad que permita su edición; d) El análisis del estado del arte y de los antecedentes; e) La definición clara del objetivo del trabajo dentro del tema general; f) La calidad de la presentación (incluye la calidad de las fuentes y bibliografía consultada); g) La presentación de propuestas o conclusiones concretas sobre su vinculación con el estudio y el ejercicio profesional de las Ciencias Económicas. Art. 8º: Los aspectos formales a considerar, son: a) Inéditos y especialmente preparados para concursar en este premio; b) Se presentarán en la sede del Consejo Profesional, dentro del plazo que anualmente se fije; c) El texto del trabajo que se realice, deberá presentarse a 2 (dos) espacios, letra tipo: Arial, tamaño 12, con una extensión mínima de 20 páginas; d) Los participantes podrán presentar los ejemplares en un pendrive, CD o enviarlos por Dropbox a la dirección de correo: relacionesinstitucionales@consejocaba.org.ar e) Para los trabajos recibidos por correo, se tendrá en cuenta como fecha de recepción la que figure en el matasellos postal; f) La presentación ostentará el nombre del autor, bajo un seudónimo que lo individualice; g) A cada trabajo se acompañará un sobre cerrado que llevará escrito en su parte inferior el seudónimo y en su parte interior las referencias del autor (indicando matrícula, tomo y folio), con un soporte magnético conteniendo el trabajo presentado. El sobre para identificar al autor será abierto por el jurado en oportunidad de concluir su labor mediante el levantamiento del acta respectiva. Art. 9º: El jurado se expedirá mediante acta firmada por los miembros presentes, en la que se establecerá por orden de mérito, los seudónimos que a su juicio merecen los premios. Los originales podrán ser retirados por los concursantes no premiados dentro de los 60 (sesenta) días posteriores a la fecha de conocerse el resultado del concurso. Transcurrido dicho plazo, el Consejo Profesional procederá a su destrucción. Art. 10: Las obras premiadas quedarán en poder del Consejo Profesional, quien se reserva todos los derechos sobre las mismas, presentes o futuros, tanto en el orden nacional como internacional. El Consejo publicará el trabajo que obtenga el primer premio, el que será distribuido a Universidades, Consejos Profesionales y Organismos Académicos y de Investigación y puesto a disposición de los señores matriculados en el Sector Publicaciones. Art. 11: El Presidente del Consejo Profesional siempre integrará el jurado y será su Presidente natural. El jurado, incluyendo el Presidente, debe componerse por no menos de 5 (cinco) miembros. Sus funciones serán de carácter honorario y desarrollarán su tarea en la sede del Consejo. Las sesiones del jurado serán secretas, las votaciones serán nominales y, en caso de ausencia, se podrá votar en sobre cerrado, dejándose constancia de ello en actas. Las resoluciones se adoptarán por simple mayoría y, en caso de empate, el Presidente tendrá doble voto. Su fallo será inapelable. Art. 12: Por el solo hecho de presentar trabajos, los aspirantes al concurso aceptan todas y cada una de las condiciones establecidas en el presente reglamento. Art. 13: Cualquier situación no prevista será resuelta por el Consejo Directivo del CPCECABA, la Mesa Directiva o el Presidente, según corresponda, siendo todas las decisiones, de carácter inapelable. 

 

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