Hasta el 31, inscripciones para enajenadores

Los interesados deberán ingresar a la pestaña “Autogestión”.

Hasta el 31 de este mes son las inscripciones para integrar las listas de enajenadores (Acuerdo Reglamentario 163 Serie “B” del 22 de julio de 2020) en todas las circunscripciones de la Provincia de Córdoba.

Los interesados deberán ingresar a la pestaña “Autogestión” del sitio web del Consejo Profesional de Ciencias Económicas (CPCE) y luego dirigirse la sección “Registro Auxiliares de Justicia” en la opción Enajenadores.

Allí deberán completar la documentación requerida y abonar $ 280 en concepto de Tasa de Justicia.

No será necesario que se reinscriban quienes estén integrando el listado, salvo que hubiere mediado renuncia o exclusión por sanción.

Los formularios de inscripción y de adhesión a Extranet deberán ser firmado ológrafamente, luego escaneados y subidos en la sección correspondiente.

Se adjuntan los archivos: Guía de Trámites y el Acuerdo Reglamentario 163 Serie B.

Requisitos legales

Los postulantes a enajenadores deberán informar la siguiente documentación:

1) Documento Nacional de Identidad

2) Certificado de Reincidencia –sin antecedentes- Nacional

3) Constancia expedida por la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en el que se exprese la situación tributaria del interesado.

4) Título profesional y título en la especialidad profesional si la tuviere, expedido por universidades o instituciones reconocidas por el Estado, certificado por escribano público o por la institución que emite el título.

5) Certificado expedido por el consejo o colegio profesional respectivo que acredite habilitación y vigencia de la matrícula profesional y especialidad en su caso, con antelación no mayor a cinco días a la fecha de presentación de la solicitud.-

6) Certificado de antecedentes disciplinarios en el ejercicio de la profesión, expedido por el respectivo organismo deontológico (sin sanciones o procesos ante el tribunal de ética de su colegio profesional a la fecha de inscripción).

7) Boleta de pago de tasa de justicia.

8) Constancia a la fecha de No inhibición en el Registro General de la Provincia.

9) Constancia emitida por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de no encontrarse incorporado al mismo (actualizado y vigente)

10) Constancia de no encontrarse inscripto a la fecha en el Registro de Abusadores Sexuales.

11) Constancia de no tener deuda en la caja previsional correspondiente (actualizado y vigente)

12) Constancia de haber realizado y aprobado actividades de capacitación o actualización forense, científica, artística o profesional para peritos judiciales dictados por universidades o instituciones académicas públicas o privadas, consejos o colegios profesionales.

13) Solicitud: formulario electrónico que completará el interesado –con carácter de declaración jurada, cuya remisión implica la aceptación de las disposiciones del acuerdo reglamentario 163 serie “b” del 22/07/2020- . La constitución del domicilio a los efectos legales deberá ser dentro de un radio de 50 (cincuenta) cuadras del Palacio de Justicia (Córdoba capital) y deberán, en el caso de inscribirse en sedes del interior, fijar domicilio en cada una de ellas, dentro del radio que cada delegación establezca.

14) Formulario de adhesión a extranet “Servicios digitales del Poder Judicial de Córdoba”

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