El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social fijó el
plazo para inscribirse en el programa Repro II correspondiente a febrero 2022 y
definió los requisitos y criterios para acceder.
Mediante la Resolución
113/2022, publicada en el Boletín Oficial, se estableció que, para los salarios
devengados durante febrero de 2022, el plazo
de inscripción será entre 21 y el 27 de febrero de 2022, inclusive.
Asimismo, estableció las pautas a considerar para aplicar
los criterios de preselección, respecto a las fechas de facturación y
nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio del Programa REPRO II,
de acuerdo al siguiente detalle:
a) Meses seleccionados para el cálculo de la
variación interanual de la facturación requerida por la AFIP: enero de 2019 y
enero de 2022.
b) Altas empresas: No se deberá considerar la
facturación para las empresas iniciadas a partir del 1º de enero de 2019.
c) Mes seleccionado para determinar la nómina de
personal y los salarios de referencia: enero de 2022.
d) Corte de actualización de bajas de nómina: 20 de
febrero inclusive.
e) Corte de actualización CBU: 20 de febrero
inclusive.
Para el programa de asistencia a trabajadores independientes
en sectores críticos el plazo de solicitud es el mismo y las pautas son las
siguientes:
a) Presentar una reducción de la facturación
superior al 30% en términos reales, para el periodo comprendido entre enero de
2019 y enero de 2022.
b) Periodo de referencia de pagos a acreditar:
a. Autónomos: de 06/2021 hasta 12/2021
b. Monotributo: de 07/2021 hasta 01/2022
c) Corte de pago Monotributistas: pagos hasta el 20
de febrero inclusive.
En la norma también se establecen los criterios para la
asistencia al sector hotelero y para los productores frutícolas del sur.