Hasta el 27, se puede solicitar el Repro II de febrero 2022

El Ministerio de Trabajo fijó las pautas para otorgar los beneficios de este mes.

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social fijó el
plazo para inscribirse en el programa Repro II correspondiente a febrero 2022 y
definió los requisitos y criterios para acceder.

Mediante la Resolución
113/2022
, publicada en el Boletín Oficial, se estableció que, para los salarios
devengados durante febrero de 2022,  el plazo
de inscripción será entre 21 y el 27 de febrero de 2022,
inclusive.

Asimismo, estableció las pautas a considerar para aplicar
los criterios de preselección
, respecto a las fechas de facturación y
nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio del Programa REPRO II,
de acuerdo al siguiente detalle:

a)     Meses seleccionados para el cálculo de la
variación interanual de la facturación requerida por la AFIP: enero de 2019 y
enero de 2022.

b)    Altas empresas: No se deberá considerar la
facturación para las empresas iniciadas a partir del 1º de enero de 2019.

c)     Mes seleccionado para determinar la nómina de
personal y los salarios de referencia: enero de 2022.

d)    Corte de actualización de bajas de nómina: 20 de
febrero inclusive.

e)    Corte de actualización CBU: 20 de febrero
inclusive.

Para el programa de asistencia a trabajadores independientes
en sectores críticos el plazo de solicitud es el mismo y las pautas son las
siguientes:  

a)     Presentar una reducción de la facturación
superior al 30% en términos reales, para el periodo comprendido entre enero de
2019 y enero de 2022.

b)    Periodo de referencia de pagos a acreditar:

a.     Autónomos: de 06/2021 hasta 12/2021

b.     Monotributo: de 07/2021 hasta 01/2022

c)     Corte de pago Monotributistas: pagos hasta el 20
de febrero inclusive.

En la norma también se establecen los criterios para la
asistencia al sector hotelero y para los productores frutícolas del sur.

 

WhatsApp
Facebook
LinkedIn
X

Noticias relacionadas