La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación de inscripción en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA) para determinados operadores de granos.
Por medio de la Resolución General 5558/2024, publicada hoy en el Boletín Oficial, el fisco dio de baja la obligación de inscripción en el RUCA para ciertos sujetos que desarrollan actividades de compraventa de granos y derivados para consumo propio.
“Esta actualización facilita la integración y el acceso a los sistemas de información, promoviendo una mayor eficiencia en la gestión de las liquidaciones”, señala la AFIP.
El organismo mantendrá sus facultades de verificación y fiscalización para asegurar el cumplimiento de las normativas vigentes. La permanencia de estos contribuyentes en el régimen estará condicionada a la conservación de sus categorías como operadores en la cadena de comercialización de granos, señala la norma.
La Resolución se aplica a partir del 4 de septiembre de 2024.