Fijan vencimientos para 2020 del Convenio Multilateral

Se incluye la declaración jurada anual, las mensuales y el pago, además del Sircreb.

La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral estableció
las fechas de vencimiento de las diversas obligaciones que deben cumplir los
contribuyentes del impuesto sobre los Ingresos Brutos de todo el país para el período
fiscal 2020.

A través de la Resolución
General 11/2019
, se fijaron los vencimientos para la presentación
mensual de la declaración jurada —Formularios CM03 y CM04— y pago del impuesto
correspondiente
a contribuyentes comprendidos en el Convenio Multilateral que se detallan en elanexo, en base al dígito verificador del número de CUIT correspondiente.

En la norma se definió que la presentación de la
declaración jurada anual —Formulario CM05—
correspondiente al período
fiscal 2019, deberá efectuarse hasta el 15 de mayo de 2020.

Por otra parte, mediante la Resolución
General 13/2019
, se establecieron los vencimientos para la  presentación y pago de las declaraciones juradas
decenales
y las declaraciones juradas informativas trimestrales,
referidas al Régimen de Recaudación y Control sobre Acreditaciones Bancarias
(SIRCREB),
aplicable sobre los importes que sean acreditados en cuentas
abiertas en las entidades financieras.

 

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