Facpce reclamó dejar sin efecto anticipos de vencimientos de febrero

En representación de los 24 CPCEs la federación presentó una nota a la AFIP.
 

La Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FAPCE) en representación de los 24 CPCEs pidió a la AFIP dejar sin efecto el anticipo del vencimiento del IVA de febrero, el impuesto a la Transferencia de Combustibles y el Impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios.
El texto elevado a la AFIP dice:
“Tenemos el agrado de dirigirnos a Ud., en representación de los 24 Consejos Profesionales de Ciencias Económicas del país, en relación con la Resolución General 5147 por la cual el Organismo a su cargo con carácter de excepción adelanto al 23 de febrero la determinación e ingreso de ciertas obligaciones tributarias, cuyos vencimientos originales estaban previstos para los días 24 y 25 del mismo mes.
 
“Según los considerando de la norma, la misma se sustenta en “razones de administración tributaria que aconsejan establecer, con carácter de excepción, el día 23 de febrero de 2022 como fecha de vencimiento para el cumplimiento de la determinación y/o ingreso de ciertas obligaciones impositivas con vencimiento original fijado para los días 24 y 25 de febrero del corriente año”.
 
“Es decir que la Administración Federal considerando “razones de administración tributaria” decidió adelantar las fechas de vencimiento de las obligaciones formales y materiales, relativas a los impuestos: al valor agregado, impuesto país, sobre los combustibles líquidos y dióxido de carbono, débitos y créditos y entradas de espectáculos públicos. Por lo que podríamos interpretar que aplico el denominado principio de excepcionalidad a favor del organismo fiscal, cuando el mismo solo resulta de aplicación a favor de los sujetos obligados.
 
“Tal proceder, no tiene sustento en los principios rectores de la tributación en los cuales se basan las normas vigentes, resultando además extemporáneo cuando el Organismo ha publicado mediante Resolución General el calendario de vencimientos previsto para el año 2022. Situación esta que no solo afecta a los contribuyentes y sujetos obligados, sino que además agrega una dificultad más al desarrollo de la tarea de los profesionales en ciencias económicas dedicados a la materia tributaria.
 
“Por lo expuesto, solicitamos dejar sin efecto la Resolución General 5147 y por ende dejar vigentes los vencimientos originales previstos para el año calendario 2022”.

 
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