Extienden al 30 de junio la moratoria de la ley de emergencia

Abarca a las pymes, monotributistas, autónomos y las entidades civiles sin fines de lucro como cooperativas, consorcios de propietarios, obras sociales, universidades públicas y clubes de barrio

El Gobierno dispuso ampliar hasta el 30 de junio el plazo
para que los contribuyentes adhieran a la moratoria lanzada en el marco de la
Ley de Emergencia, con el objetivo de que la pandemia del coronavirus y el
consecuente freno de la economía, no impida a los contribuyentes sumarse al
plan de facilidades de pago de la AFIP.

 

Mediante el DNU Decreto 316/2020, publicado este sábado en
el Boletín Oficial, se extiende por dos meses el plazo límite original para
inscribirse en la moratoria que vencía el próximo 30 de abril. El Gobierno
reconoce que la aparición de la pandemia ha repercutido no solo en la vida
social de los ciudadanos sino también en la economía, y por ende a muchas de
las actividades que realizan los sujetos alcanzados por el Régimen de
Regularización que se dispuso oportunamente con la Ley N° 27.541.

 

Hay que recordar que la moratoria abarca a las pymes,
monotributistas, autónomos y las entidades civiles sin fines de lucro como
cooperativas, consorcios de propietarios, obras sociales, universidades
públicas y clubes de barrio adhieran a la moratoria. Fuentes oficiales
explicaron que “la decisión redobla los esfuerzos del Estado para hacer frente
al impacto económico de la pandemia del coronavirus sobre el entramado
productivo”.

El 16 de febrero había comenzado el periodo para acogerse al
plan de regularización de hasta 120 cuotas, que además condona multa e
intereses. En el decreto publicado este sábado se mantiene inalterable que la
deuda que puede incluirse en la moratoria es aquella vencida hasta el 30 de
noviembre de 2019 y los planes de pago vigentes o caducos hasta el 23 de
diciembre de 2019. Tampoco se modificará la fecha de pago para la primera
cuota, ya que en todos los planes, el primer vencimiento será el 16 de julio.

 

Si es importante destacar que la AFIP prevé postergar hasta
fines de mayo la fecha del primer corte que había sido establecida a finales de
marzo con el objetivo de estimular la adhesión temprana al plan, según
confirmaron fuentes oficiales. Y consignaron que la normativa complementaria
establecerá que el Certificado MiPyME podrá obtenerse hasta el 30 de junio de
2020, ya que como se sabe contar con el documento otorgado por el Ministerio de
Desarrollo Productivo es condición necesaria para las micro, pequeñas y
medianas empresas, así como para los monotributistas y autónomos que desean
acceder a la moratoria.

 

El plazo original aún vigente es el 31 de marzo, por lo que
ahora también se extiende dos meses la posibilidad de acogerse de forma
temprana para abonar un menor pago a cuenta y acceder a plazos más largos para
regularizar su situación. En el Gobierno explicaron que “con todo paralizado
como está los contribuyentes no pudieron adherirse”.

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