Establecen procedimiento para devolver el ATP

Es para quienes incumplieron las condiciones del programa y para quienes desean devolver la ayuda de forma voluntaria.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció
el mecanismo para que las empresas restituyan los fondos del salario
complementario del Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP),
tanto en el caso de detectarse incumplimientos como por decisión voluntaria del
empleador.

Según el organismo,  “los
procedimientos de control, realizados a partir de distintas fuentes de
información provistas por el Banco Central y la Comisión
Nacional de Valores, permitieron determinar la caducidad del beneficio para
unos 2.000 empleadores. Las firmas serán notificadas por el organismo
para reintegrar los recursos y podrán hacerlo a través de un plan de pagos”.

Entre las restricciones se encuentran la imposibilidad para distribuir
dividendos y la recompra de acciones. Además, los beneficiarios no podían
adquirir títulos valores en pesos para su posterior e inmediata venta en moneda
extranjera o su transferencia en custodia al exterior y tampoco realizar
erogaciones de ninguna especie a sujetos relacionados directa o
indirectamente con el beneficiario cuya residencia, radicación o domicilio
se encuentre en una jurisdicción no cooperante o de baja o nula tributación.

Plazos

La Resolución
General 5035/2021
, publicada en el Boletín Oficial, establece el
procedimiento para que los empleadores que no cumplieron con las condiciones
establecidas por el Comité de Evaluación y Monitoreo restituyan los fondos
correspondientes al salario complementario.

Las firmas que reciban una notificación de AFIP tendrán
un plazo de 15 días hábiles para reintegrar las sumas percibidas mediante un
plan de pagos a través del servicio “Mis Facilidades”. 

La financiación contempla un pago a cuenta del 20% de
la deuda consolidada y hasta 5 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, a
excepción de la primera, que incluirá los intereses financieros desde el día de
la consolidación del plan hasta su vencimiento. La tasa efectiva mensual
será del 2%. 

En tanto, quienes restituyan los fondos de manera
voluntaria podrán realizarlo hasta el 31 de diciembre de 2021
, inclusive.

El detalle del plan de pagos puede consultarse en la Resolución
General 5035/2021
.

WhatsApp
Facebook
LinkedIn
X

Noticias relacionadas