Está vigente el plan de Rentas para regularizar deudas en verificación o con juicios fiscales

Se podrá ingresar hasta el próximo 31 de mayo y pagar hasta en 120 cuotas.

La Provincia de Córdoba lanzó un nuevo plan de pagos para
regularizar deudas derivadas del inicio de un juicio de ejecución fiscal, las
que estén en proceso de ejecución fiscal administrativa con control judicial y
aquellas en proceso de verificación o fiscalización por parte de la Dirección de
Policía Fiscal, cualquiera fuera el estado en que se encuentren.

A través del Decreto
457
se estableció el nuevo régimen que se caracteriza por:

·        Ampliación del número máximo de cuotas al que podrán
acceder los contribuyentes alcanzados, respecto del actual plan de facilidades
de pago permanente.

·        Reducción de multas no firmes impuestas por la Dirección
de Policía Fiscal (DPF).

·        Mejoras en los montos de los anticipos, si el acogimiento
se produce dentro del período establecido.

Para obtener al beneficio, los interesados podrán presentar su
solicitud hasta el 31 de mayo de 2019.

Los impuestos y obligaciones incluidos en el esquema son: Ingresos
Brutos, Inmobiliario, Sellos, Propiedad Automotor, multas provenientes de infracciones
al Régimen de Agentes de Información, multas que correspondan a responsables sustitutos
y a los Agentes de Retención, Percepción y/o Recaudación bajo determinadas condiciones.

Los contribuyentes que opten por este nuevo Plan de Pagos podrán
cancelar sus deudas en hasta 120 cuotas, abonando una tasa de interés de financiación
del 1,50%, mensual acumulativo.

Una vez que accedan al régimen, tendrán que ingresar como primera
cuota un porcentaje determinado de la deuda consolidada, según la cantidad de cuotas
solicitadas. Para un plan de 36 cuotas deberán ingresar el 10% de la deuda consolidada
y si es de más de 36 y hasta 48 cuotas, el 12,5%. Cuando el plan se extiende hasta
90 cuotas, el porcentaje asciende al 15% y para más de 90 y hasta 120 cuotas, exige
el 20% de la deuda consolidada.

En todos los casos, el importe de la cuota no podrá ser inferior
a la suma de $5.000.

La reducción de las multas aplicadas no firmes será del 50% del
monto de la obligación omitida o defraudada, según corresponda.

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