Empleadores: se extiende el uso del libro de sueldos digital

Todos podrán adherir en forma optativa al sistema.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
decidió extender a todos los empleadores la posibilidad de que utilicen en
forma voluntaria el Libro de Sueldos Digital.

Mediante la Resolución
General 4535
, publicada en el Boletín Oficial, se explicitó que aquellos obligados
a utilizar el sistema “libro de sueldos
digital”
 serán notificados al domicilio fiscal electrónico o
bien, el organismo dictará una normativa cuando se incluyan en forma masiva
empleadores de determinadas actividades, sectores o jurisdicciones
provinciales.

Quienes utilicen el sistema digital quedarán exceptuados de
cumplir con el régimen de información relativo a los conceptos no remunerativos
incluidos en la retribución de trabajadores en relación de dependencia
(declaración jurada informativa de conceptos no remunerativos), a partir del
primer período en que presente la declaración jurada determinativa de aportes y
las contribuciones con destino a la seguridad social (Formulario F.931).

La adhesión voluntaria al servicio podrá realizarse
cumpliendo con el procedimiento previsto y, una vez aceptada la
adhesión, se notificará al domicilio
fiscal electrónico
 constituido la fecha a partir de la cual será
obligatoria la utilización de la herramienta.

Consultar el Micrositio
libro de sueldos digital
.

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