Empleadores: nuevo aplicativo incorpora trabajadores aislados

Se debe usar una versión del SICOSS que contempla la compensación no remunerativa de los dependientes de grupo de riesgo que no realizan tareas.

La Administradora Federal de la Administración
Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso que los empleadores deberán
utilizar el nuevo release 7 de la versión 42 del programa aplicativo denominado
“Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social – SICOSS” para la
generación de las declaraciones juradas (F.931) correspondientes al período
devengado octubre de 2020 y siguientes.

El aplicativo contempla el tratamiento para los trabajadores
mayores de 60 años, mujeres embarazadas y los grupos en riesgo que están exceptuados
de prestar tareas durante la vigencia del aislamiento social preventivo y
obligatorio.

Estos dependientes reciben una compensación no remunerativa
equivalente a su remuneración habitual, neta de aportes y contribuciones al
Sistema de Seguridad Social, pero el empleador tienen que continuar efectuando
los aportes personales y las contribuciones patronales correspondientes a la obra
social y al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y
Pensionados.

La nueva versión del aplicativo SICOSS se aprobó a través de
la Resolución
General 4849/2020
, publicada en el Boletín oficial, la cual aclara que el sistema
“Declaración en Línea también receptará las novedades.

De esta manera, se incorpora en la Tabla T03 “Códigos de
Situación de Revista” del Anexo IV, el siguiente código:

50

Decreto 792/2020 – art. 24

 

Aquellos empleadores que estén obligados a utilizar el
Sistema Libro de Sueldos Digital podrán consultar en el instructivo habilitado
en el micrositio “web” institucional (http://www.afip.gob.ar/LibrodeSueldosDigital/),
la parametrización de los conceptos de liquidación involucrados.

Las modificaciones se aplicarán a la generación de las
declaraciones juradas (F.931) correspondientes al período devengado octubre de
2020 y siguientes. La obligación  comprende
las presentaciones de declaraciones juradas -originales o rectificativas-
correspondientes a períodos anteriores, que se efectúen a partir de la fecha de
vigencia.

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