Empleadores: modifican plazo para declaración de conceptos no remunerativos

Se unifica el vencimiento con las presentaciones generales.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
modificó el vencimiento para informar los conceptos no remunerativos liquidados
por los empleadores a sus dependientes.

Según la Resolución
General 4398/2019
, publicada en el Boletín Oficial, la información deberá
suministrarse por período mensual, a través del micrositio “Declaración Jurada
Informativa de Conceptos No Remunerativos (DJNR)”, disponible en el sitio web de AFIP.  

Estará referida a la denominación de los conceptos
considerados como no remunerativos, la normativa -legal o convencional- que los
avalan y el importe total liquidado correspondiente a ellos.

La resolución señala que la obligación deberá cumplirse hasta la fecha de vencimiento generalestablecida para la presentación de la declaración jurada determinativa de los
aportes y contribuciones con destino a los subsistemas de la seguridad social.

Y aclara que, en caso
de que el empleador rectifique
la declaración jurada determinativa y modifique
el monto de los conceptos no remunerativos abonados en un período,
corresponderá presentar una nueva DJNR por dicho lapso.

WhatsApp
Facebook
LinkedIn
X

Noticias relacionadas