Empleadores del sector salud: alivio en contribuciones

El Gobierno implementó algunas medidas para reducir la carga tributaria en el sector.

El Gobierno nacional estableció por decreto un tratamiento
diferencial a los empleadores de las actividades relacionadas con la salud,en lo que respecta a las contribuciones patronales con destino al Sistema
Integrado Previsional Argentino (SIPA) y al Impuesto sobre los Créditos y
Débitos en Cuentas Bancarias y otras Operatorias.

A través del Decreto
300/2020
, publicado en el Boletín Oficial, por un plazo de 90 días,
se establece una reducción del 95% de la alícuota prevista en el
artículo 19 de la Ley N° 27.541, que se destine al Sistema Integrado
Previsional Argentino (SIPA).

Esto se aplica a los empleadores pertenecientes a los
servicios, establecimientos e instituciones relacionadas con la salud, cuyas
actividades, identificadas en los términos del “Clasificador de Actividades
Económicas (CLAE)” se especifican en el Anexo de la norma, respecto de los profesionales,
técnicos, auxiliares y ayudantes que presten servicios relacionados con la
salud
.

La AFIP tendrá la facultad de identificar las categorías del
personal del servicio de salud que resultan alcanzados por la reducción de las
contribuciones.

Además, por el mismo plazo, se fijaron menores alícuotas delimpuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras
operatorias: 2,50 por mil y 5 por mil  para
los créditos y débitos en cuenta corriente y para las restantes operaciones
referidas en el primer párrafo del artículo 7° del Decreto 380/2001 y modificatorias,
respectivamente, cuando se trate de empleadores correspondientes a
establecimientos e instituciones relacionadas con el sector.

 

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