Empleadores: AFIP publicó la nueva tabla de retenciones de Ganancias

Se aplicarán a partir de enero hasta el 31 de agosto para calcular el impuesto de los asalariados.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó en su sitio web las tablas con las retenciones y los tramos de alícuotas acumuladas, mes por mes, que los empleadores que actúan como agentes de retención de sus dependientes deben aplicar en la primera parte de 2024 (período del 1 de enero al 31 de agosto). A partir de septiembre habrá otra actualización de los valores.

Para el primer semestre del año, se deberá recalcular lo retenido y, si arrojara un monto a pagar para el trabajador, aplicar una deducción especial de manera que el saldo sea cero. En caso de un saldo a favor del empleado, este monto se absorberá con el impuesto en los meses siguientes.

A partir de los salarios devengados en julio y percibidos hasta el 31 de agosto se aplicarán las siguientes retenciones correspondientes a la ganancia no imponible, cargas de familia y deducciones:

Ver “Deducciones del artículo 30 de la LIG para el primer período 2024”.

A la bases imponible se le aplicará la siguiente escala de alícuotas:

Ver “Escala del artículo 94 de la LIG para el primer período 2024”.

A partir de septiembre, se actualizarán ambas tablas según la variación acumulada entre junio y agosto de 2024 del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

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