La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó en su sitio web las tablas con las retenciones y los tramos de alícuotas acumuladas, mes por mes, que los empleadores que actúan como agentes de retención de sus dependientes deben aplicar en la primera parte de 2024 (período del 1 de enero al 31 de agosto). A partir de septiembre habrá otra actualización de los valores.
Para el primer semestre del año, se deberá recalcular lo retenido y, si arrojara un monto a pagar para el trabajador, aplicar una deducción especial de manera que el saldo sea cero. En caso de un saldo a favor del empleado, este monto se absorberá con el impuesto en los meses siguientes.
A partir de los salarios devengados en julio y percibidos hasta el 31 de agosto se aplicarán las siguientes retenciones correspondientes a la ganancia no imponible, cargas de familia y deducciones:
Ver “Deducciones del artículo 30 de la LIG para el primer período 2024”.
A la bases imponible se le aplicará la siguiente escala de alícuotas:
Ver “Escala del artículo 94 de la LIG para el primer período 2024”.
A partir de septiembre, se actualizarán ambas tablas según la variación acumulada entre junio y agosto de 2024 del Índice de Precios al Consumidor (IPC).