El Gobierno nacional extendió al mes de septiembre el Repro II que atiende el pago parcial de los salarios de los empleados de empresas afectadas por la crisis y el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores Independientes en sectores críticos. Lo anunció a través de la Resolución
568/2021, publicada en el Boletín Oficial.
El plazo de inscripción al Programa para el período correspondiente a salarios devengados que estará comprendido entre el 24 y el 30 de septiembre. La asistencia vía Repro II es de hasta $22.000 por trabajador.
El Ministerio determinó las pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección, respecto a las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio del Programa REPRO II, de acuerdo al siguiente detalle:
- Meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la AFIP: Agosto de 2019 y Agosto de 2021.
- Altas empresas: No se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1º de enero de 2019.
- Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: Agosto 2021.
- Corte de actualización de bajas de nómina: 23 de Septiembre inclusive.
- Corte de actualización CBU: 23 de Septiembre inclusive.
Para los trabajadores independientes de sectores críticos,
el plazo de inscripción es el mismo y los criterios de preselección serán:
- Presentar una reducción de la facturación superior al veinte por ciento (20%) en términos reales, para el periodo comprendido entre agosto 2021 y agosto 2019.
- Periodo de referencia de pagos a acreditar:
- Autónomos: de 01/2021 hasta 07/2021
- Monotributo: de 2/2021 hasta 8/2021
- Corte de pago Monotributistas: Pagos hasta el 23 de septiembre de 2021 inclusive.