El nuevo aplicativo Sicoss se habilitará en abril

Para presentar las declaraciones de febrero, los empleadores deberán utilizar la versión anterior y luego rectificarlas

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
informó que la nueva versión del aplicativo “Sistema de Cálculo de
Obligaciones de Seguridad Social – SICOSS” deberá utilizarse a partir del
periodo fiscal febrero 2018 en adelante, pero que la versión v.41 recién estará
disponible para su descarga a partir del 3 de abril próximo.

“Teniendo en cuenta las modificaciones de la reforma
tributaria, estamos readecuando algunos de los sistemas informáticos para
facilitar su uso”, por lo tanto, “hasta esa fecha, los empleadores deberán
utilizar la versión anterior del aplicativo”, señaló el organismo.

La obligación de la versión 41 o de la herramienta
Declaración en Línea comprende las presentaciones de declaraciones juradas
-originales o rectificativas- que se efectúen a partir del 3 de abril de
2018, correspondientes a períodos anteriores.

La AFIP explicó que para utilizar los beneficios dispuestos
por la reforma tributaria (modificación de contribuciones patronales y mínimo
no imponible), las declaraciones juradas determinativas de los recursos de la
seguridad social, correspondientes a los períodos enero, febrero o marzo de
2018, presentadas con una versión anterior del SICOSS, podrán ser rectificadas por nómina completa utilizando
la versión 41 hasta el día 31 de mayo de 2018 inclusive
.

En este caso, la rectificativa en menos no implicará la
aplicación las disposiciones de la Resolución
General 3.093
 y su modificatoria, se aclaró.

Asimismo, cuando la rectificación de las referidas
declaraciones juradas arroje un saldo a favor de este organismo, su ingreso se
considerará cumplido en término si se efectúa hasta el 31 de mayo de 2018.

El organismo agregó que el servicio “Declaración en
Línea” receptará las novedades de la nueva versión del programa
aplicativo.

Novedades

La nueva versión del aplicativo incorpora las nuevas
alícuotas para el cálculo de las contribuciones patronales, para las
declaraciones juradas correspondientes al período febrero de 2018 y los
siguientes.

Además, se implementa un código de condición que identifique
a los trabajadores, respecto de las declaraciones juradas para el período
devengado enero de 2018 y siguientes, y habilita nuevos códigos de actividad
que contemplan distintas modalidades contractuales del trabajo agrario.

WhatsApp
Facebook
LinkedIn
X

Noticias relacionadas