El Gobierno reglamentó el pago del bono a empleados

La resolución limita fuertemente la posibilidad de las empresas, de las provincias e incluso de las familias de poder “absorber” en aumentos dados previamente.

El gobierno publicó hoy en el Boletín Oficial la resolución 1.133 del Ministerio de Trabajo, reglamentando el pago de los bonos a empleados anunciado el domingo 27 de agosto por el ministro de Economía, Sergio Massa y formalizada posteriormente en el DNU 438 del Poder Ejecutivo.

La resolución limita fuertemente la posibilidad de las empresas, de las provincias e incluso de las familias de poder “absorber” en aumentos dados previamente, el bono de $60.000 (en dos cuotas de $ 30.000) que dispuso el gobierno nacional para empleados privados y públicos y el de $25.000 (en dos cuotas de $12.500 o la parte proporcional) para trabajadores de casas particulares.

El primer artículo de la resolución oficial, firmada por la ministra Raquel Kismer de Olmos, aclara en su artículo 1 “que la posibilidad de absorción indicada en el artículo 8° del DNU 438 para las asignaciones no remunerativas previstas en los artículos 1°, 2° y 3° del mismo, se efectivizará siempre y cuando el mecanismo para absorberlas haya estado previsto en forma expresa en cláusulas de los Acuerdos o Convenios Colectivos de trabajo ya pactados para las remuneraciones devengadas en los meses de agosto y setiembre de 2023. En caso de no estar específicamente acordado, los aumentos salariales ya pactados no podrán ser objeto de absorción”.

Lo que sí contempla la resolución, en su artículo segundo, es que “en las negociaciones en curso” en negociaciones paritarias sí se podrá, “mediante una norma expresa”, absorber las “asignaciones no remunerativas previstas” por el gobierno. “Caso contrario –subraya- los aumentos salariales que se pacten, no podrán ser objeto de absorción”.

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