El CPCE publica los honorarios indicativos para el blanqueo, la moratoria y el REIBP

Se realizaron modificaciones a la tabla de honorarios indicativos incorporando nuevas tareas

El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba (CPCE) realizó cambios en la tabla de aranceles e incorporó a la tabla de honorarios indicativos para servicios profesionales y tareas relacionadas con la Ley de Medidas Fiscales 27.743.

De esta manera, en el inciso “Leyes Especiales” se incorporan a las tareas de “blanqueos impositivos” las de moratoria y trabajos relacionados con el Régimen Especial de ingreso de Bienes Personales (REIBP).

Además, se sumaron mejoras en la definición de las tareas del régimen de regularización de activos y hubo cambios en la cantidad de módulos.

Las nuevas tareas son las siguientes:

Leyes especiales: Blanqueos Impositivos/ Moratoria / REIBP
El profesional debe valorar el tiempo para el estudio de la legislación, más las capacitaciones realizadas más el análisis particular por cada cliente, así como la estrategia que brinda para solucionar el problema del contribuyente.

  • Consulta general de Regularización de activos
  • Consulta sobre la Regularización de activos específicos en detalle
  • Consulta + planificación de regularización de activos y revisión de la documentación necesaria para el trámite
  • Efectivización del trabajo (incluye aplicativos / presentaciones)
  • Consulta general de Regularización de deudas
  • Revisión y simulación de planes de pagos del régimen
  • Revisión y Presentación de Moratoria (dependerá de la cantidad de obligaciones a regularizar)
  • Consulta general de Bienes Personales/cumplidores/REIBP y opciones
  • Cálculo de opciones de presentación
  • Efectivización del trabajo (incluye aplicativos / presentaciones)

El profesional debe valorar el tiempo dedicado para el estudio de la legislación, además de las capacitaciones realizadas, sumado al análisis particular por cada cliente y la estrategia que brinde para solucionar el problema del contribuyente, quien será el que en última instancia tomará la decisión.

Estos honorarios como en toda la sección son indicativos y orientativos. En este caso, son mínimos dado que son tareas extraordinarias, pero deberán ser presupuestados teniendo en cuenta la valoración del profesional, más el tiempo de análisis, si existen o no abonos mensuales que pueden atenuar el monto (al contemplar o no tareas extraordinarias), si son clientes regulares o esporádicos, etc. Manteniendo la libre negociación entre el profesional y el cliente.

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