El Régimen de factura de crédito electrónica (FCE) se aplica
a las micro, pequeñas y medianas empresas obligadas a emitir comprobantes originales
(factura o recibo) a grandes empresas que desarrollen como actividad principal
alguna de las comprendidas en el Clasificador de Actividades Económicas (CLAE).
Este lunes se difundió la Resolución
17/2019, que reemplaza el cronograma establecido en la Resolución
5/2019 por el siguiente cronograma
por sección y monto.
Las empresas incorporadas en la actualización anual del
universo de grandes empresas, están obligadas a cumplir con el régimen
a partir del primer día hábil del mes de septiembre posterior a la publicación
anual. En cambio, aquellas que sean excluidas, dejarán de estar obligadas
partir del primer día hábil del mes de julio posterior a la publicación.
Más información: Micrositio
Factura de crédito electrónica MiPyME.
Vigencia. La
presente resolución regirá a partir del 3 de junio de 2019.