El Gobierno nacional declaró la “emergencia pública en
materia ocupacional” por el término de 180 días a partir del 13 de diciembre de
2019.
Lo hizo a través del Decreto
34/2019, publicado en un suplemento especial del Boletín Oficial, el
viernes 13 a las 18 horas.
La norma señala que, en caso de despido sin justa causadurante la vigencia de la emergencia, “la trabajadora o el trabajador afectado
tendrá derecho a percibir el doble de la indemnización correspondiente
de conformidad a la legislación vigente”.
Esta duplicación comprende todos los rubros
indemnizatorios originados con motivo de la extinción sin causa del
contrato de trabajo.
El decreto no se aplicará a las contrataciones celebradas
con posterioridad a su entrada en vigencia, el día de su publicación.