La Provincia de Córdoba actualizó Ingresos Brutos a monotributistas; la decisión se publicó en el Boletín Oficial del 19 de este mes, decreto 242/2024.
En los considerandos se indica que “atento lo establecido por el inciso a) del artículo 121 de la Ley Impositiva N° 10.929, vigente para la anualidad 2024, este Poder Ejecutivo se encuentra facultado para adecuar exenciones, mínimos, impuestos fijos, disposiciones, escalas y alícuotas, entre otros, respecto del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, de conformidad a los programas de reestructuración y armonización tributaria que se consideren oportunos, todo ello con posterior ratificación por parte de la Legislatura Provincial”.
Así los importes que los contribuyentes del Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, en el marco de lo establecido en los artículos 251 y siguientes del Código Tributario Provincial –Ley N° 6006 TO 2023 y su modificatoria-, deben ingresar mensualmente de acuerdo a la categoría que le corresponde en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) Monotributo -Anexo de la Ley Nacional Nº 24977 y sus modificatorias, como sigue:
Los nuevos valores resultarán de aplicación a partir del primer día del mes inmediato siguiente al de entrada en vigencia de la Ley Nacional Nº 27.743.
Elaborado por el Cr. Nicolás Gerardo Boglione, Contador Público y Abogado. Asesor Tributario del CPCE de Córdoba.