El Gobierno nacional prohibió que los convenios laborales incluyan cláusulas que establezcan aportes obligatorios para todos los empleadores con destino a cámaras empresariales.
Mediante el Decreto 149/2025, publicado en el Boletín Oficial, se decidió que las Convenciones Colectivas de Trabajo no podrán imponer aportes, contribuciones o cualquier otro tipo de carga económica en beneficio de las cámaras, asociaciones o agrupaciones de empleadores a cargo de no asociados o afiliados a dichas entidades, salvo que dichas cargas resultaren aceptadas voluntariamente por estos últimos.
Además, señala que la imposición en curso o la aceptación podrá ser revocada libremente, y en cualquier oportunidad, mediante simple comunicación fehaciente a la entidad correspondiente.
La norma señala que la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social no homologará ni registrará convenios o acuerdos colectivos que contradigan lo dispuesto.
La medida entrará en vigencia dentro de 90 días, para dar tiempo a las entidades a adecuarse.