Conformación de lista de síndicos de Bell Ville

Abarca titulares y suplentes, categoría B.

 

Se informa que la Excelentísima Cámara Civil, Comercial,
Familia y Trabajo de la Ciudad de Bell Ville ha dictado el Auto Número 144,
donde se dispone la conformación del listado único de Síndicos Titulares y
Suplentes de la Categoría B para los Juzgados con competencia concursal de la
Tercera Circunscripción Judicial, Sede Bell Ville.

Se adjunta al presente el Auto Número 144, dictado por la
mencionada Cámara.

AUTO NUMERO: 144. CAMARA CIVIL, COMERCIAL, DE FAMILIA Y DEL
TRABAJO En la Ciudad de Bell Ville a los dieciséis (16) días del mes de octubre
de dos mil dieciocho.

Y VISTOS: Los actuaciones caratuladas: “SINDICOS
CONCURSALES (ART. 253 LEY 24.522) –

PERIODO 2018 – 2021”, (Expte. n°6957951), donde se reúnen
los señores Vocales Dres. José María Gonella, Teresita Almentaria Carmona Nadal
de Miguel y Damián Esteban Abad de ésta Excma. Cámara Civil, Comercial, Familia
y Trabajo con competencia en materia concursal en la sede Bell Ville de la
Tercera Circunscripción Judicial. Que conforme Acuerdo Reglamentario del TSJ
número novecientos cincuenta y ocho (958), Serie “A” del 9/12/2008, este
Tribunal por Auto número cinco de fecha quince (15) de febrero de 2018 convocó
a la inscripción de síndicos, (12 síndicos individuales titulares y 7 síndicos
individuales suplentes). Que sin perjuicio de ello, con fecha 17/03/2015 el TSJ
dicta el AR n° 1270 Serie “A” que complementa y modifica aquél. Que tramitada
la inscripción con la colaboración del Consejo Profesional de Ciencias
Económicas de Córdoba, resultaron inscriptos 18 postulantes, cantidad inferior
a la requerida para conformar la lista. Y CONSIDERANDO:

I.- Que analizadas las postulaciones presentadas, resultan
dieciséis (16) los contadores que cumplimentaron en tiempo y forma los requisitos
exigidos a los fines de la inscripción.

II.- Cabe aclarar que, los contadores Marcelo Oscar
Masciotta y Pablo Leandro Ingaramo no contestaron el emplazamiento dispuesto
por el tribunal con fecha 27/04/2018 (fojas 40), notificado a fojas 42/44 de
autos, para ampliar el horario de atención al público el primero, y el segundo,
completar la declaración jurada que oportunamente suscribiera y ampliar el
horario de atención al público; conductas que conllevan a la aplicación del
apercibimiento contenido en la providencia citada, esto es, su exclusión en el
análisis de la evaluación y calificación de la inscripción presentada, sin
integrar el orden de mérito.

 III.- De los
contadores que cumplieron en tiempo y forma con las exigencias, catorce (14)
cuentan con título de especialización en sindicatura concursal. De ellos cuatro
(4) poseen domicilio real y profesional dentro de la competencia territorial de
este Tribunal (Graciela Alicia Cingolani, Héctor Guillermo Proietti, Laura
Alicia Proietti y Fernando Daniel Fidelio). Que entre estos existe un novel
contador (Fernando Daniel Fidelio). IV.- Ello así, corresponde conformar la
lista de titulares con 12 contadores que tengan preferencia por las
características descriptas; satisfaciendo el criterio de incorporación
propiciado en la reforma de la reglamentación dictada por el TSJ en el año 2015
(conforme antecedentes de los Acuerdos Reglamentarios Serie “A” Número 958 del
año 2008, y 303 de 1995).

A fin de dar cumplimiento con las pautas modificatorias del
AR n° 1270, y a los efectos de asegurar la integración de las listas por parte
de profesionales sin experiencia en la función, de los once (11) contadores
experimentados que cuentan con especialización, debemos seleccionar diez (10),
cupo representativo del ochenta y cinco por ciento (85%) del total necesario.

Para ello, y teniendo en cuenta que siete (7) contadores de
los inscriptos no poseen domicilio real en la circunscripción se ha
confeccionado un orden de mérito determinando cuáles serán incluidos en calidad
de suplente -el de menor puntaje-, resultando el resto de los contadores como
titulares.

Los tres (3) contadores que restan son noveles profesionales
(Daniel Fernando Fidelio, Néstor José Manavella y María Emilia Tepli), a los
fines de respetar el cupo previsto para esta categoría (15%) debe observarse
que solo uno de ellos posee domicilio real en la circunscripción y cuenta con
la especialización -Daniel Fernando Fidelio-, motivo por el cual se confeccionó
un orden de mérito entre los dos (2) restantes, y así se determinó el que
conformará la lista en carácter de titular y quien lo hará en calidad de
suplente.

V.- A los fines de conformar la lista de suplentes debemos
efectuar un orden de mérito entre los contadores que no poseen domicilio real
en la circunscripción y para determinarla se considera la totalidad del resto
de los inscriptos.

VI.- Efectuadas las salvedades precedentes, y atendiendo a
los órdenes de mérito confeccionados por la Oficina de Concursos y Junta de
Calificaciones del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba –que a este acto
se agregan-, tomando en consideración las preferencias y dentro de las mismas,
siguiendo un orden de mérito cronológico, basado en el puntaje que logra cada
inscripto tenemos que como SINDICOS TITULARES actuarán 1°) Cra. Griselda Alicia
Cingolani; 2°) Cra. Laura Alicia Proietti; 3°) Cr. Héctor Guillermo Proietti;
4°) Cr. Fernando Daniel Fidelio; 5°) Cra. Susana Nieves del Milagro Martín
(76,100 puntos); 6°) Cr. Juan Carlos Ledesma (70,300 puntos); 7°) Cr. Jorge Daniel
Wainstein (58,967 puntos); 8°) Cr. José Eduardo Preve (58,700 puntos); 9°) Cr.
Carlos Alberto Salcedo (47,150 puntos); 10°) Cra. Rosa Elena Teliczan (45,600
púntos); 11°) Cr. Jorge Raúl Gómez (39,000 puntos), y 12°) Cr. Néstor José
Manavella (6,850 puntos).

Los primeros cuatro contadores agrupados en virtud de la
preferencia consagrada en el artículo 8 inc. a) del AR, no participan del orden
de mérito confeccionado por la Oficina de Concursos y Junta de Calificaciones
del PJ por contar, conforme surge de sus declaraciones juradas con la
aprobación de la especialización en sindicatura concursal y por haber declarado
bajo fe de juramento poseer domicilio real y profesional dentro de la
competencia territorial del tribunal. Finalmente, hacer referencia que el contador
enunciado en el punto 12) conforma la lista en carácter de novel profesional
según orden de mérito elaborada por la oficina de Concursos y Junta de
Calificaciones del Poder Judicial.

VII.- Como SINDICOS SUPLENTES, y no obstante no llegar al
número mínimo que se convocara, actuarán 1°) Cr. Maximiliano Donghi (34,600
puntos); 2°) Cr. Félix Jimenez (24,600 puntos); 3°) Cra. Vanesa Huber (24,500
puntos); 4°) Cra. María Emilia Tepli (0 puntos).

Por lo expuesto el Tribunal RESUELVE:

I.- Excluir a los Contadores Marcelo Oscar Masciotta y Pablo
Leandro Ingaramo del análisis de la evaluación y calificación de la inscripción
presentada, sin integrar el orden de mérito.

II.- a.- Conformar la lista de Síndicos Titulares para los
Juzgados con competencia concursal de la Tercera Circunscripción Judicial con
asiento en la Ciudad de Bell Ville con los siguientes profesionales: 1°) Cra.
Griselda Alicia Cingolani; 2°) Cra. Laura Alicia Proietti; 3°) Cr. Héctor
Guillermo Proietti; 4°) Cr. Fernando Daniel Fidelio; 5°) Cra. Susana Nieves del
Milagro Martín; 6°) Cr. Juan Carlos Ledesma; 7°) Cr. Jorge Daniel Wainstein;
8°) Cr. José Eduardo Preve; 9°) Cr. Carlos Alberto Salcedo; 10°) Cra. Rosa
Elena Teliczan; 11°) Cr. Jorge Raúl Gómez y 12°) Cr. Néstor José Manavella b.-
Constituir la lista de síndicos suplentes para los Juzgados con competencia
concursal de la Tercera Circunscripción Judicial con asiento en la Ciudad de
Bell Ville con los profesionales: 1°) Cr. Maximiliano Donghi; 2°) Cr. Félix
Jimenez; 3°) Cra. Vanesa Huber; 4°) Cra. María Emilia Tepli.

III.- Comunicar la presente decisión mediante edictos por
dos (2) días en el Boletín Oficial de la provincia, previa autorización de la
contratación de dicha publicidad por el TSJ. Editar en el diario “Comercio y
Justicia” y solicitar su incorporación en la página WEB del Poder Judicial de
Córdoba. Oficiar al Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba para
que comunique la decisión a los postulantes, agradeciendo la eficiente
colaboración prestada en todo el trámite.

IV.- Firme el presente, hágase entrega de “La Lista Única”
con titulares y suplentes, a quien resultara electa mediante sorteo: Dra. Ana
Laura Nieva, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia Segunda Nominación
Civil, Comercial, Conciliación y Familia, Secretaría n° 3, con competencia
concursal de la sede para su custodia y administración, haciendo saber que
desde el momento de la comunicación será la única lista autorizada para sorteo
por los Juzgados de Primera Instancia con competencia en materia concursal de
la sede Bell Ville de la Tercera Circunscripción Judicial y donde deberá
dejarse constancia de todos y cada uno de los sorteos efectuados por parte del
autorizante de cada acto. Protocolícese, hágase saber.-

WhatsApp
Facebook
LinkedIn
X

Noticias relacionadas