La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó la posibilidad de realizar la declaración post embarque de la mercadería de exportación en forma digital.
Lo hizo a través de la Resolución General 5666/25, publicada en el Boletín Oficial, que elimina la obligatoriedad de presentar esa declaración en una dependencia aduanera y permite que el trámite se realice de manera digital a través del Sistema Informático MALVINA (SIM).
Se trata del trámite aduanero que permite a los exportadores modificar la cantidad de mercadería declarada en la destinación de exportación, cuando la efectivamente embarcada resultara menor de lo declarado en un primer momento (o mayor, dentro de las tolerancias permitidas por la normativa vigente).
¿Cuáles son los principales cambios que introduce la norma?
Declaración post embarque digitalizada: Los exportadores podrán modificar la cantidad de mercadería declarada en la destinación de exportación cuando la efectivamente embarcada resulte menor a la informada inicialmente (o mayor, dentro de los márgenes permitidos por la normativa vigente), sin necesidad de presentarse en forma presencial ante la Aduana.
Diferencia en la cantidad de unidades: Si la cantidad de unidades embarcadas es menor a la declarada, el declarante dispone de cinco (5) días hábiles para registrar la declaración post embarque en el SIM y ratificarla mediante el servicio web “Ratificación de la Declaración Post Embarque”. Anteriormente, si la operación cursaba por canal naranja o rojo, el trámite debía realizarse en una dependencia aduanera.
Diferencia en la cantidad de bultos: En caso de que el servicio aduanero detecte diferencias en la cantidad de bultos pero no en la cantidad de unidades, el SIM procederá automáticamente con el registro y ratificación de la declaración post embarque. Antes de esta resolución, los exportadores con operaciones en canal naranja o rojo debían presentarse personalmente para completar el trámite.
Exportación de cueros y afines
Por otra parte, mediante la Resolución General 5665/2025, publicada en el Boletín Oficial, la ARCA decidió exceptuar la participación de entidades privadas en la verificación aduanera de exportaciones de cueros y afines para consumo.
“La medida busca eliminar dilaciones innecesarias que afectaban negativamente la dinámica del comercio exterior y generaban costos logísticos adicionales para los exportadores”, dijo el organismo.
Meses pasados, ARCA eliminó el sistema mediante el cual las cámaras, federaciones y asociaciones representativas de las actividades sectoriales participaban, en carácter de observadoras, en la verificación física de las mercaderías con destinación de importación, cuando se les hubiera asignado canal rojo de selectividad.
“En lo sucesivo, los controles aduaneros se realizarán exclusivamente por los equipos técnicos y operativos de la Dirección General de Aduanas (DGA), lo que se espera agilice los tiempos de despacho sin comprometer la trazabilidad ni la seguridad de las operaciones”, concluyó ARCA.