La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
estableció que los vencimientos impositivos comprendidos entre la última
semana de enero y la primera de febrero de 2020 se considerarán cumplidos
en término siempre que se presenten las declaraciones juradas hasta el día
14 de febrero, inclusive.
Así se reglamentó a través de la Resolución
General 4637 publicada hoy en el Boletín Oficial.
Cabe recordar que durante la feria fiscal de verano no hay
vencimientos entre los días los días 27 de enero y 7 de febrero de 2020, señaló
el organismo recaudador.
Los vencimientos de los aportes para trabajadores autónomos para
el periodo devengado enero de 2020 quedan de la siguiente manera:
CUIT terminados el 0, 1, 2 y 3. 10 de febrero .
Terminados en 4, 5 y 6. 11 de febrero.
Terminados en 7, 8 y 9. 12 de febrero.